Día 25.- ¿Que nos llevamos al examen?

 Cuenta atrás.- Día 25.- 22/09/2026

1.- Tip

Sabemos que los nervios de última hora pueden jugarnos una mala pasada, así que preparar todo con tiempo nos da ventaja. Para empezar, no olvides la documentación, según las bases de la convocatoria debes acreditar tu personalidad con el DNI, NIE, pasaporte o permiso de conducir español original, recuerda que las fotocopias no son válidas.

Respecto al material de examen necesitas lápiz de grafito HB n.º 2, bolígrafo azul, goma de borrar y sacapuntas.

A mí me funciona preparar también algunos básicos como una botella de agua transparente y sin etiqueta para evitar pegas en la entrada, snacks sencillos, como un puñado de almendras o frutos secos, por si hay pausa y te apetece recargar energía, una chaqueta por si el aire acondicionado está justo encima y nos juega una mala pasada, y un paquete de pañuelos de papel, que nunca está de más. Por último, recuerda no es posible usar relojes digitales pero hay reloj en el aula.

2.- Bitácora

Hoy nos centramos en la excedencia forzosa (regulada en el Capítulo VI, artículos 160 y 161). Si el otro día vimos que la expectativa de destino solo procede en dos supuestos relacionados con la reorganización y supresión de puestos, en el caso de la excedencia forzosa solo cabe en 3 supuestos específicos.

Se trata de una situación administrativa a la que el personal funcionario pasa de forma obligada, no por solicitud voluntaria:

ü  Tras una suspensión firme de funciones: Al cumplir la sanción que conllevó la pérdida del puesto y solicitar el reingreso, si este no es posible por falta de puesto vacante con dotación presupuestaria.

ü  Por agotar la expectativa de destino: Al agotar el período máximo fijado para esa situación por causa no imputable a la administración o por incumplir las obligaciones impuestas en dicho estado.

ü  Por imposibilidad de reingreso tras excedencia voluntaria: Al solicitar el reingreso tras finalizar una excedencia voluntaria sin reserva de puesto y, transcurrido el plazo previsto, no existir vacante disponible.

1. Derechos económicos

Tienen derecho a percibir las retribuciones básicas y, en su caso, las prestaciones familiares por hijo a cargo. Si las retribuciones fueran inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), la Administración deberá complementarlas hasta alcanzar dicho importe.

El tiempo en esta situación computa a efectos de antigüedad y de derechos en el régimen aplicable de la Seguridad Social.

2. Obligaciones

ü  Participar en los concursos convocados para puestos de su cuerpo, escala, agrupación en la misma localidad. Si no participan pasan a excedencia voluntaria por interés particular (no cobran ni les computa el tiempo como antigüedad)

ü  Aceptar los destinos que se les ofrezcan en la misma localidad donde desempeñaron su puesto anterior.

ü  Participar en los cursos de capacitación que se les ofrezcan.

3. Mientras permanezcan en esta situación, no pueden desempeñar ningún puesto en el sector público, ya sea bajo relación funcionarial o laboral.

3.- Pregunta

74. Señale la afirmación CORRECTA. Según la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana:

A) La suspensión firme se impondrá cuando proceda en virtud de sentencia dictada en causa criminal o sanción disciplinaria firmes. Determinará la pérdida del puesto de trabajo por un plazo de seis meses.

B) El personal funcionario de carrera puede hallarse, entre otras situaciones administrativas, en servicios especiales, excedencia voluntaria, comisión de servicios forzosa y expectativa de destino.

C) Quienes se encuentren en situación de servicios especiales percibirán las retribuciones que les correspondan como personal funcionario de carrera.

D) El disfrute de licencias, permisos, vacaciones o los períodos de duración de la incapacidad temporal para el servicio del personal funcionario de carrera no variarán la situación de servicio activo.

 

Análisis

Leemos despacio la pregunta y redondeamos la palabra correcta, sé que me preguntarán sobre la Ley de Función Pública Valenciana pero todavía no tengo pista sobre qué, de modo que no queda otra que ir al descarte.

La opción a es incorrecta. Según el artículo 164.3 la suspensión firme priva del ejercicio de las funciones durante el tiempo que dure la sanción o pena. Sin embargo, la pérdida del puesto de trabajo no es automáticamente de "seis meses", sino que se producirá cuando la suspensión es superior a seis meses. “164.3. La suspensión firme se impondrá cuando proceda en virtud de sentencia dictada en causa criminal o sanción disciplinaria firmes. Determinará la pérdida del puesto de trabajo cuando exceda de seis meses

La opción b es incorrecta. Según el artículo 138 de la LFPV, las situaciones administrativas son tasadas: servicio activo, servicios especiales, excedencia, en sus distintas modalidades, expectativa de destino, excedencia forzosa y suspensión de funciones. La comisión de servicios no es una situación administrativa, sino una forma de provisión temporal de puestos de trabajo.

La opción c es incorrecta. Quien se encuentre en servicios especiales percibirá las retribuciones del puesto o cargo efectivo que desempeñe y no las que le corresponderían como funcionario en su puesto de origen, sin perjuicio del derecho a percibir los trienios que tenga reconocidos.

La opción d es correcta. El disfrute de licencias, permisos, vacaciones o los períodos de duración de la incapacidad temporal para el servicio del personal funcionario de carrera no variarán la situación de servicio activo (140.3)

Marcamos la opción D como respuesta correcta en la hoja de examen.

RECUERDA: SERVICIO ACTIVO

1.-Cuando el personal funcionario de carrera ocupa un puesto de trabajo y lo desempeña mediante cualquiera de los procedimientos de provisión previstos en la presente ley.

ARTÍCULO 110: PROCEDIMIENTOS DE PROVISIÓN

ORDINARIOS: Concurso (regla general) y libre designación.

OTRAS FORMAS DE PROVISIÓN: Artículos 117 y siguientes, por ejemplo Comisión de servicios, adscripción provisional…

2. Asimismo, se hallará en esta situación el personal funcionario de carrera que haya sido cesado en tanto no se les atribuya destino en otro puesto de trabajo. Por ejemplo si cesan a alguien que estaba en libre designación sigue en servicio activo hasta que le atribuya un nuevo puesto.

Si te ha gustado este post puede que también te guste este otro:

https://caminoinspirador.blogspot.com/2026/03/dia-139-el-sesgo-de-la-familiaridad.html

 

Comentarios