Día 220.- Adscripción provisional VS adscripción temporal

Día 220.- 03/06/2026

1.- Tip

¿Adscripción temporal o provisional?, ¡Quédate con esta regla mnemotécnica! la adscripción Provisional es por Pérdida, mientras que la Temporal es por Tiempo. La adscripción Provisional se activa cuando te quedas sin puesto por un cese o supresión, la Administración te recoloca obligatoriamente y tienes la obligación de concursar en la siguiente convocatoria para conseguir plaza o pasas a excedencia voluntaria.

En cambio, la adscripción Temporal (T) te mueven un Tiempo determinado a otra unidad por necesidades urgentes del servicio o por salud o para conciliar pero tu plaza de origen tiene reserva de puesto. Solo cabe en casos excepcionales y por necesidades de adecuada prestación del servicio público y además el artículo 128 de la LFPV indica que será por el tiempo imprescindible y como máximo 1 año prorrogable por otro (1+1)prohibido cambiar de localidad y mismo sueldo del puesto de origen. 

2.- Bitácora

Seguimos repasando acceso y admisión.

3.- Píldora del día

Hoy la píldora del día va sobre el RD 1125/2003 de 5 de septiembre por el que se establece el sistema europeo de créditos y concretamente sobre el artículo 4 que nos habla de la asignación de los créditos.

1.-Curso Académico

Cada curso académico consta de un total de 60 ECTS.

Los créditos se reparten entre todas las materias del plan de estudios basándose en las horas de dedicación que el alumno necesita para superarlas.

2. ¿Qué compone un crédito?

El cómputo de horas no se limita a las horas de clase; debe incluir todo el esfuerzo del estudiante para adquirir los conocimientos y capacidades:

  • Clases lectivas (teóricas o prácticas).
  • Horas de estudio autónomo.
  • Preparación y realización de exámenes o pruebas de evaluación.
  • Seminarios, trabajos, prácticas o proyectos.

3. Duración y Horas

El modelo se calcula sobre un estudiante a tiempo completo que cursa estudios universitarios entre un mínimo de 36 y un máximo de 40 semanas por año académico.

Cada crédito equivale a un mínimo de 25 horas y un máximo de 30 horas de trabajo efectivo del estudiante.

El Gobierno previo informe del Consejo de Coordinación Universitaria es el órgano encargado de fijar el número mínimo de créditos que debe tener una materia concreta en planes de estudios conducentes a títulos oficiales y lo hace en el RD 822/2021 que diseña los planes de estudio.

54. Según el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional (en adelante, Real Decreto 1125/2003), ¿cuál es el órgano competente para fijar el número de créditos mínimo asignados a un plan de estudios conducente a un título universitario de carácter oficial?

a) El Gobierno, previo informe de la Conferencia de Consejos Sociales. 

b) El Gobierno, previo informe del Consejo de Coordinación Universitaria. 

c) El Gobierno, previo informe de la Secretaría General de Innovación. 

d) El Gobierno, previo informe del Consejo de estudiantes universitario del estado.

Análisis

Leemos la pregunta y redondeamos el RD 1125/2023. De este RD lo más importante es que un ECTS equivale a entre 25 y 30 horas de trabajo efectivo del estudiante. Ojo no es solo docencia, es todo lo que hace el estudiante para superar la materia. Veo que no es esto lo que me preguntan así que leo las opciones.

La opción A es incorrecta porque la conferencia de Consejos sociales no diseña los planes de estudio.

La opción B es la correcta. El gobierno previo informe del Consejo de Coordinación universitaria y lo hace en el RD 822/2021.

La opción C es incorrecta como su nombre indica la secretaria general de innovación se ocupa de la innovación, no de diseñar los planes de estudio.

La opción D es incorrecta, el Consejo de estudiantes existe pero en este caso no interviene porque sus funciones son consultivas sobre los derechos y deberes del estudiantado, no funciones técnicas como sería determinar la carga lectiva mínima de los títulos oficiales.

Marcamos la B como respuesta correcta en la hoja de examen.

ATENCIÓN

El consejo de Coordinación Universitaria no existe, sigue en este RD y es la respuesta correcta porque es literal a la norma pero ahora existen:

El Consejo de Universidades: Formado por el ministerio y los rectores (ámbito puramente académico).

La Conferencia General de Política Universitaria: Formada por el ministerio y los consejeros de las CCAA (ámbito de coordinación).

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Comentarios

  1. Holaaa 😘
    Gracias por facilitarme con reglas mnemotécnicas el estudio, así todo es mucho más sencillo y comprensible 🙏🏼🪷

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