1.-
Tip
Ayer, una amiga me comentó que fue a un examen que no era el que estaba preparando para practicar la situación, y que se quedó descolocada ante preguntas que no esperaba. Tanto fue así que llegó a dudar incluso de las que sí sabía. Ante lo inesperado, la improvisación bajo estrés te lleva a equivocarte. En el examen, sea el que sea, tienes que activar tu sistema, ese que hemos practicado tantas veces. Lee con calma y no contestes a ciegas solo por contestar. Aplica la estrategia de descarte, si no puedes eliminar al menos dos opciones falsas, no arriesgues, porque la penalización va en tu contra.
A veces es necesario arriesgar, pero con método. Necesitas una táctica que tienes que entrenar en casa. En la primera vuelta, contesta solo lo seguro y ve marcando las que dudas según su nivel de dificultad, por ejemplo,
un asterisco para las dudosas entre dos opciones y un interrogante para las que ves imposibles, lo que tú quieras. Al terminar, cuenta las correctas. Solo si ves que no alcanzas la nota de corte, revisa exclusivamente las marcas “casi seguras” y añade las necesarias para asegurar. La lotería nunca funciona, piénsalo cuando estés en el examen, si juegas a la lotería, estás beneficiando a otros.
2.-
Bitácora
Seguimos con la informática y repasando. Mañana haré un calendario
de repasos pensando que el examen será en septiembre. Es probable que esta
semana salga la nota informativa con la fecha por eso me estaba esperando para
hacerlo pero si no sale entenderé que el examen es en septiembre.
3.-
Píldora del día
Hoy la píldora del día va sobre la LOSU y concretamente sobre la
diferencia entre acceso y admisión. El artículo 3 de la LOSU nos indica que la autonomía universitaria comprende la admisión
del estudiantado, régimen de permanencia, verificación de conocimientos,
competencias y habilidades, y la gestión de sus expedientes académicos.
ACCESO:
El artículo 31.2 de la LOSU establece que corresponde al Gobierno, previo informe de la Conferencia General de Política
Universitaria y del Consejo de Estudiantes Universitario, mediante real decreto, establecer las normas básicas para el acceso del estudiantado a las enseñanzas
universitarias oficiales, siempre con respeto a los principios de igualdad,
mérito y capacidad.
ADMISIÓN: Con relación a la admisión en las distintas universidades
se determina que corresponderá al
Gobierno el establecimiento de la normativa básica que permita a las
universidades fijar los procedimientos de admisión de quienes hayan superado la
prueba de acceso mencionada anteriormente
El Real Decreto 534/2024 regula los requisitos de acceso
a los estudios oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de
acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión. El
Gobierno fija esta normativa básica para que las universidades puedan
establecer sus propios procedimientos, garantizando homogeneidad, igualdad,
seguridad jurídica y, al mismo tiempo, respetando su autonomía.
Pregunta
72.- Según la Ley Orgánica de
Universidades, corresponde establecer las normas básicas para el acceso del
estudiantado a las enseñanzas universitarias oficiales:
a) Al Gobierno, previo informe del
Consejo de Universidades.
b) Al Gobierno, previo informe de
la Conferencia General de Política Universitaria.
c) A las Comunidades Autónomas,
previo informe del Consejo de Universidades.
d) A las Comunidades Autónomas,
previo informe de la Conferencia General de Política Universitaria.
Análisis
Leemos bien la pregunta y marcamos
acceso. Ya estoy pensando cuál es la
diferencia entre acceso y admisión. Tanto en acceso como en admisión las normas
básicas siempre las pone el Gobierno para que haya igualdad entre todas las
universidades, después en el procedimiento de admisión las universidades tiene
mayor grado de libertad pero las normas básicas siempre las fijas el Gobierno.
A simple vista puedo descartar tranquilamente las opciones c y d
porque pone las CCAA. Las tacho por si dudo y en algún momento vuelvo a esta
pregunta ya sé que esas dos las descarté y no las vuelvo a revisar porque ya están descartadas..
Voy a revisar la A y la B. Sé que la correcta es la B porque me
acuerdo que es previo informe de la Conferencia General de la Política Universitaria
y del Consejo de Estudiantes pero si dudo porque no me acuerdo tengo que acordarme de una cosa básica
y es que el Consejo General de Política universitaria tiene como misión la
coordinación de la política universitaria entre el Estado y las Comunidades
Autónomas.
Al tratarse de fijar unas "normas básicas" que
afectarán a todo el territorio nacional y que deben coordinarse con las
competencias que tienen las CCAA en materia de educación superior, el informe
preceptivo tiene que emitirlo un órgano político y de coordinación autonómica
como la Conferencia General de Política Universitaria, y no el Consejo de Universidades,
que es un órgano formado principalmente por los rectores y que se ocupa de
cuestiones más académicas.
Marcó la B como respuesta correcta en la hoja de respuestas.
RECUERDA
Las normas
básicas siempre las fija el gobierno por RD para que haya una igualdad mínima
entre todas las universidades.
Fijaos como
se llama el Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de
Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los
procedimientos de admisión.
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