1.- Tip
Mi consejo de hoy es que no leas las
respuestas buscando la correcta para marcarla y seguir. Una vez
creas tener la correcta, analiza por qué las otras tres son falsas y tacha
físicamente la palabra disruptora que invalida la opción (por ejemplo,
tacha "externo" si la ley dice "interno").
Esto te protege de no ver un "NO" en el enunciado o de ignorar
opciones combinadas del tipo "a y b son correctas",
obligándote a verificar cada letra antes de decidir.
Este método evita que cambies respuestas
por inseguridad al revisar. Es muy común que, en una segunda vuelta,
una frase te "suene" mejor y sientas la tentación de cambiar la
marca; si ves el tachón en la palabra que la hace falsa, recordarás tu análisis
inicial. No des una pregunta por cerrada hasta que hayas "tachado"
las otras tres opciones: la eliminación es mucho más segura que la intuición.
2.-
Bitácora
Empezamos tema, vamos con el Estatuto de Autonomía
de la Comunidad Valenciana
3.-
Píldora del día
Hoy la píldora del día va sobre la Ley
2/2023, de 22 de marzo, de Sistema Universitario y concretamente sobre la autonomía
de las universidades.
¿Qué es la
Autonomía Universitaria?
Está reconocida en la Constitución Española (Art. 27.10).
Las universidades están dotadas de personalidad jurídica y desarrollan
sus funciones en régimen de autonomía en virtud del derecho fundamental
reconocido en el art.27.10 CE.
2. Dimensiones
de la Autonomía: por ejemplo
a) El
establecimiento de las líneas estratégicas de la universidad, entre otras, en
las políticas docentes, de
investigación e innovación, de aseguramiento de la calidad, de
gestión financiera, de personal, de estudiantado, de cultura y de internacionalización.
o) La definición,
estructuración y desarrollo de sistemas
internos de garantía de la calidad de las actividades académicas.
Relaciones clave con
otras leyes:
Con el RD
822/2021 (Organización de enseñanzas): Este Real Decreto es el que
"obliga" a que los títulos oficiales tengan un SGC (Sistema
de Garantía de Calidad).
La LOSU dice que la
universidad tiene la autonomía para definirlos (Art. 3.2.o),
el RD 822/2021 establece que es un requisito necesario
para que un Grado o Máster sea verificado y acreditado.
Artículo
25. Aseguramiento de la calidad de las enseñanzas universitarias oficiales.
Con objeto de asegurar la
calidad de los estudios universitarios en tanto que un servicio educativo
para toda la sociedad española, los
títulos universitarios oficiales deberán someterse a procedimientos de
evaluación externa de acuerdo con los Criterios y Directrices de
Aseguramiento de Calidad en el Espacio Europeo de Educación Superior (European
Standards and Guidelines for Quality Assurance of Higher Education,
ESG), atendiendo a lo establecido en la LOSU, y conforme a lo dispuesto en este
real decreto.
Las
universidades deberán corresponsabilizarse
del aseguramiento de la calidad, mediante el desarrollo de sus sistemas internos de la garantía y de la promoción de la cultura de la
calidad entre la comunidad universitaria
2. Con los
Estatutos de la UPV
Artículo 115. Evaluación de la calidad
Sin perjuicio de la preceptiva evaluación
por parte de la agencia de evaluación estatal o autonómica, competente del desarrollo efectivo de la enseñanza, la Universitat
garantizará niveles de calidad contrastables con los estándares
internacionalmente reconocidos, en particular, con los criterios y directrices
establecidos para el aseguramiento de la calidad en el Espacio Europeo de
Educación Superior.
Con ese objetivo, implantará y
mantendrá un sistema integral de garantía de la calidad de los estudios.
Podéis leer en
el artículo 3 otras funciones basadas en la autonomía universitaria hoy nos
centramos en los sistemas internos de garantía de la calidad.
Pregunta
39. Según el artículo 3 de la Ley Orgánica
2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (en adelante, LOSU), la
autonomía de las universidades, comprende y requiere:
a) La definición, estructuración y
desarrollo de sistemas internos de garantía de la calidad de las actividades
académicas.
b) La definición, estructuración y desarrollo
de sistemas externos de garantía de la calidad de las actividades académicas.
c) La definición, estructuración y
desarrollo de sistemas nacionales de garantía de la calidad de las actividades
académicas.
d) Ninguna respuesta es correcta.
Análisis
Leemos bien la pregunta nos están
preguntando por la autonomía de las universidades, sé que es un artículo largo
y todavía no sé sobre que son las respuestas por lo que no puedo parar y para enfocarme
en el artículo pero leo con detenimiento las opciones.
La opción a) es correcta. La
autonomía universitaria comprende la definición, estructuración y desarrollo de los sistemas de garantía de
la calidad internos.
La opción b) es incorrecta porque el término "sistemas
externos" hace referencia a la evaluación que realizan agentes de
fuera de la universidad (como la ANECA a nivel estatal o las
agencias de calidad de las Comunidades Autónomas registradas
en EQAR, en nuestro caso la AVAP). La universidad no tiene
autonomía para "definir o estructurar" los sistemas externos; de
hecho, ella es la sujeta a examen por esos sistemas externos
para poder acreditar sus títulos (RD 822/2021).
La opción c) es incorrecta porque el término "sistemas
nacionales" implica una organización a nivel de todo el Estado.
La definición de un sistema nacional de calidad es competencia del Ministerio de
Universidades y del Gobierno, no forma parte de la autonomía individual de cada
universidad. Una universidad no puede decidir cómo funciona el sistema de
calidad de todo el país.
La opción d) es incorrecta porque hemos visto que la a) es correcta.
Marcamos la A
como respuesta correcta en la hoja de respuestas.
Recuerda
En la LOSU, siempre que hablemos de
autonomía universitaria, piensa en la palabra "INTERNO" o "PROPIO":
Sistemas internos de
garantía de calidad.
Normas de régimen interno.
Políticas propias de
internacionalización.
Programas de movilidad propios.
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