1.- Tip
Recuerda que la Conferencia
General de Política Universitaria (formada por las Comunidades
Autónomas) interviene siempre que se regula el marco legal y
estructural del sistema, como ocurre en el artículo 5.2 de la LOSU
sobre el aseguramiento de la calidad. Al ser las CCAA las que financian y
gestionan las universidades, el Gobierno debe pedirles informe antes de aprobar
cualquier Real Decreto que establezca las condiciones
generales de evaluación y acreditación del sistema en su conjunto.
En cambio, el Consejo de
Universidades (donde están los Rectores) tiene un peso
fundamentalmente académico y técnico. Por eso, su intervención es
clave en la verificación de planes de estudio concretos o en
la acreditación del profesorado, donde prima la visión de la propia institución
universitaria. En resumen, si la pregunta trata sobre el "cómo
se organiza la calidad" es probable que hable de la Conferencia General; si
trata sobre la "validación de la calidad" (ejecución
académica), el protagonismo pasa al Consejo de Universidades pero cuidado porque hay casos como el RD de expedición de
títulos porque necesita informe de los dos órganos.
2.-
Bitácora
Seguimos con el Estatuto de Autonomía de
la Comunidad Valenciana
3.-
Píldora del día
Hoy la píldora del día va sobre la LOSU y
concretamente sobre la calidad del sistema universitario regulada en el
artículo.
1. Calidad
del sistema universitario
El sistema debe garantizar niveles de calidad contrastables
internacionalmente, en particular el marco del Espacio Europeo de
Educación Superior (EEES).
2. Esta responsabilidad es compartida
entre:
- Universidades.
- Agencias de evaluación.
- Administraciones Públicas competentes.
3. Se hace efectivo mediante los
procedimientos de evaluación, certificación y acreditación
·
Se regula por Real Decreto del
Gobierno
·
con Informe previo de la Conferencia General
de Política Universitaria.
4. Agencias de calidad:
·
ANECA
·
Agencias de calidad de CCAA
(en el ámbito de sus competencias) inscritas en EQAR
sin perjuicio de
los acuerdos internacionales de colaboración en el ámbito del
aseguramiento de la calidad, así como del papel que agencias de calidad de
otros Estados miembros inscritas en EQAR puedan desarrollar en el marco del
Espacio Europeo de Educación Superior.
Funciones de las agencias:
·
Acreditación y evaluación de profesorado,
·
Centros
(acreditación institucional)
·
Titulaciones
académicas
·
Informes de seguimiento
de resultados e informes del ámbito universitario.
5. Garantía Interna
Cada universidad garantiza
la calidad de sus centros mediante sus propios sistemas internos de garantía
de calidad.
El Gobierno regulará
el procedimiento y las condiciones para la acreditación institucional de
los centros universitarios, basada en el reconocimiento de la
capacidad de la universidad para garantizar la calidad académica de aquéllos.
Pregunta
41. El
aseguramiento de la calidad del sistema universitario, tal y como aparece
recogido en el artículo 5.2 en la LOSU,
a) Se
hará efectivo en las condiciones y mediante los procedimientos de evaluación,
certificación y acreditación que establezca el Gobierno, mediante Ley Orgánica,
previo informe de la Conferencia General de Política Universitaria.
b) Se
hará efectivo en las condiciones y mediante los procedimientos de evaluación,
certificación y acreditación que establezca el Gobierno, mediante real decreto,
previo informe del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
c) Se
hará efectivo en las condiciones y mediante los procedimientos de evaluación,
certificación y acreditación que establezca el Gobierno, mediante real decreto,
previo informe del Consejo de Universidades.
d) Se
hará efectivo en las condiciones y mediante los procedimientos de evaluación,
certificación y acreditación que establezca el Gobierno, mediante real decreto,
previo informe de la Conferencia General de Política Universitaria.
Análisis
Leemos
despacio las preguntas y vamos a descartar entre las opciones.
La
opción a es incorrecta porque indica que el
procedimiento se establece mediante "Ley Orgánica". El artículo
5.2 específico claramente que debe ser mediante "Real Decreto"
concretamente es el RD 822/2021, de 28 de septiembre.
La
opción b es incorrecta porque aunque
menciona correctamente el "Real Decreto", señala como órgano de
informe al "Ministerio de Educación, Formación Profesional y
Deportes". La ley exige el informe preceptivo de la Conferencia
General de Política Universitaria.
La
opción c) es incorrecta porque utiliza
el "Real Decreto", pero identifica erróneamente al órgano como
el "Consejo de Universidades". Aunque el Consejo de
Universidades tiene funciones de coordinación académica, para el aseguramiento
de la calidad (que implica coordinación con las Comunidades Autónomas), la
competencia de emitir informe recae en la Conferencia General.
La opción
d es correcta. Los
procedimientos de evaluación, certificación y acreditación los establece el
Gobierno, mediante real decreto, previo informe de la Conferencia General de
Política Universitaria.
Marcamos
la D como opción correcta en la hoja de respuestas.
RECUERDA
FUNCIONES BÁSICAS DE LA CGPU:
1.- Emitir
informe previo y preceptivo en la creación
y reconocimiento de universidades.
2.- Emitir
informe previo al RD que apruebe el
Gobierno sobre el aseguramiento de la calidad. Emite informe la CGPU porque
hay agencias de calidad nacionales y autonómicas, en la CGPU están representadas
las CCAA, es un tema de coordinación.
3.- Emitir informe previo al RD que apruebe el
Gobierno sobre expedición de títulos oficiales. CUIDADO emiten
informe tanto el CGPU como el Consejo de universidades. En el Consejo
Universitario están representados los Rectores y hablamos de títulos.
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