1.- Tip
Respetar el cronograma es vital, las urgencias que te agobian hoy suelen ser tareas planificadas que
decidiste ignorar ayer porque no sentías la presión del reloj; al final se
fabrica caos al posponer lo importante.
Hay un estudio de una universidad americana de 2018
que nos habla del "efecto de la mera urgencia" y nos
indica que preferimos tareas con plazos cortos e irrelevantes antes
que tareas que tienen mayor recompensa en el largo plazo. Como bien enseña
la Matriz de Eisenhower, si no te centras en lo "importante
pero no urgente", tarde o temprano todo pasará a ser una crisis que te
obligará a reaccionar en lugar de atender a lo planificado.
2.- Bitácora
Hoy seguimos con la Ley de Coordinación universitaria.
3.- Píldora del día
Hoy la píldora del día va sobre la Ley 39/2015, de 1
de octubre y concretamente sobre los métodos de notificación regulada en el
artículo 41.
Condiciones
generales para la práctica de las notificaciones.
1. La Regla General
- Preferentemente por
medios electrónicos.
- Obligatorio: Si el interesado está obligado electrónicamente (art. 14), la
notificación debe ser electrónica.
2. ATENCIÓN
Aunque estés obligado a lo electrónico, la Administración
puede notificarte en mano/papel en dos casos:
- Comparecencia espontánea: Si él interesado o su representante acuden a la
oficina de asistencia en materia de registro y solicita que
se la den allí mismo en mano.
- Cuando un empleado público la
entregue directamente para asegurar la eficacia.
Adicionalmente, el
interesado podrá identificar un dispositivo electrónico y/o una dirección de
correo electrónico que servirán para el envío de los avisos regulados en este
artículo, pero no para la práctica de notificaciones.
2. En ningún caso se efectuarán por medios electrónicos
las siguientes notificaciones:
a) Aquellas en las que
el acto a notificar vaya acompañado de elementos que no sean susceptibles de conversión en formato electrónico (ej.
obras de arte)
b) Las que contengan
medios de pago a favor de los obligados, tales como cheques.)
Pregunta
15. Señale la afirmación CORRECTA. Según la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas:
A) Las Administraciones no podrán practicar la
notificación por entrega directa de un empleado público de la Administración si
el interesado está obligado a la comunicación mediante medio electrónico.
B) Las notificaciones se practicarán preferentemente
por el medio indicado por el interesado en el procedimiento.
C) Las Administraciones podrán practicar las
notificaciones por medios no electrónicos con ocasión de la comparecencia
espontánea del interesado, sin necesidad de previa solicitud del mismo.
D) Las notificaciones se practicarán preferentemente
por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado
a recibirlas por esta vía.
Análisis
Leemos la pregunta y redondeamos correcta, no sabemos aún
por lo que nos van a preguntar.
Analizamos las opciones
La opción a) es Incorrecta: Las
Administraciones pueden realizar la notificación por entrega directa
(comparecencia en la sede electrónica o entrega por empleado público) incluso
si el interesado está obligado a la vía electrónica, siempre que sea necesario
para la eficacia del procedimiento o comparezca en la oficina de asistencia de
registro y lo solicite.
La opción b) es Incorrecta: Aunque el
interesado puede indicar un medio preferente, la norma general (art. 41.1)
establece que la Administración las practicará preferentemente por
medios electrónicos. Los interesados
que no estén obligados a recibir notificaciones electrónicas, podrán decidir y
comunicar en cualquier momento a la Administración Pública,
mediante los modelos normalizados que se establezcan al efecto, que las
notificaciones sucesivas se practiquen o dejen de practicarse por medios
electrónicos
La opción c) es Incorrecta: El artículo
41.1, indica que las Administraciones podrán practicar notificaciones por
medios no electrónicos cuando la notificación se realice con ocasión de la
comparecencia espontánea del interesado o su representante en las oficinas de
asistencia en materia de registros y solicite la
comunicación personal en ese momento. Sin la solicitud o aceptación del
interesado, no se daría por válida de esta forma si está obligado a medios
electrónicos.
La opción D es
correcta porque es literal a la norma.
Marcamos la D como respuesta correcta en la hoja de
respuestas.
RECUERDA
El interesado puede dar una dirección de correo
electrónico para que le avisen de la puesta a disposición de la notificación
pero la falta de práctica de este aviso no impedirá
que la notificación sea considerada plenamente válida.
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Buenos días 😘
ResponderEliminarJajaja es verdad, al final todo lo importante se convierte en urgente.
Te agradezco la buena planificación y el cronograma que estamos siguiendo. Gracias 😁🙏🏼🥰