1.- Tip
A veces, tus ojos se van directos a una opción antes
de haber terminado de leer el enunciado. Es como un imán, lo ves desde lejos
y te dan ganas de marcarla y salir corriendo. Cuidado, porque
en el exceso de confianza es donde se esconden los errores tontos, esos que
luego duelen el doble cuando corriges la plantilla en casa. Por mucho que te
"suene" bien a primera vista, acaba el proceso.
Confía en tu sistema. No importa si la
respuesta te parece obvia, lo mejor es aplicar el método que ya tienes
interiorizado. Analiza el enunciado, busca la palabra clave, descarta las que
sobran y solo entonces, confirma tu intuición. Ir a lo seguro no es perder
tiempo. Recuerda que el examen no premia al más rápido, sino al que menos
fallos comete. No busques tres pies al gato, pero tampoco regales
puntos.
2.- Bitácora
Hoy seguimos con la prueba de acceso para mayores de
25, 40 y 45 años. Real Decreto
534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a
las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas
de la prueba de acceso y la normativa básica de los
procedimientos de admisión.
3.- Píldora del día
Hoy la píldora del día va sobre la LOSU y concretamente
sobre los profesores eméritos, figura regulada en el artículo 81 de la LOSU y
137 de los estatutos de la UPV.
1. LOSU - Art. 81
Perfil: nombramiento entre PDI funcionario o laboral jubilado
con servicios destacados en la misma universidad.
Función: Contribuir
desde su experiencia a mejorar e impulsar la docencia,
investigación y transferencia. Atención en la UPV se añade una más y/o
gestión de universidades públicas, mucho ojo porque esta no está en la LOSU.
Régimen jurídico: La LOSU establece que los Estatutos de
cada universidad definirán el acceso, requisitos y funciones.
2. El Régimen
Específico de la UPV.- 137 de los estatutos de la UPV
Acceso ("10-25-15"): Se requiere
acreditar 10 periodos (sexenios, quinquenios y sexenios de transferencia) con efectos económicos, 25 años en
universidades públicas y que, al menos, 15 años sean en la
UPV. Con carácter excepcional, el Consejo de Gobierno puede eximir de los 10 periodos de docencia e investigación si hay otros méritos relevantes equivalentes.
Procedimiento: Nombramiento por el Consejo de Gobierno,
a propuesta de un departamento y con informe de todas las estructuras de
adscripción (centro, departamento e investigación).
Duración: El nombramiento será a tiempo parcial por 3 años
iniciales, prorrogables anualmente hasta un máximo de 6.
Tras ese periodo, la condición es vitalicia.
Funciones y Dedicación:
Se establecen en la RPT de la
Universitat.
No pueden desempeñar órganos de gobierno
unipersonales.
Su actividad se centrará preferentemente
en seminarios, cursos monográficos y docencia en posgrado
oficial.
Pregunta
15. Según lo establecido en el art. 81 de la Ley Orgánica
2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, ¿Qué afirmación es FALSA en
relación con las/os profesoras/es eméritas/os?
a) Se nombrarán entre el personal docente e
investigador funcionario o laboral jubilado que haya prestado servicios
destacados en el ámbito docente, de investigación o de transferencia e
intercambio de conocimiento e innovación en la misma universidad.
b) La finalidad del nombramiento será contribuir desde
su experiencia a mejorar la docencia e impulsar la investigación y la transferencia
e intercambio del conocimiento e innovación.
c) La finalidad del nombramiento será desarrollar
tareas docentes y/o investigadores, así como, en su caso, de transferencia e
intercambio del conocimiento e innovación, en la especialidad en la que el
profesor emérito destacó.
d) Los requisitos de desempeño y acceso, así como las
funciones que podrá desempeñar serán definidos por cada universidad.
Análisis
Leemos la pregunta y en este caso es muy importante ver que nos preguntan por la LOSU porque este es
uno de los casos en que la respuesta puede cambiar mucho si nos preguntaran por
los estatutos. Hay que redondear LOSU y profesor emérito.
Ahora vamos con las opciones.
La opción a) es CORRECTA. Se requiere ser PDI
(funcionario o laboral) jubilado y haber prestado servicios
destacados en la misma universidad
La opción b) es CORRECTA. El emérito no viene a
"sustituir" a un profesor titular, sino a contribuir
desde su experiencia, mejorar la docencia impulsar
la investigación, la transferencia de conocimiento y la innovación.
La opción c) es FALSA porque afirma que
la finalidad es "desarrollar tareas docentes y/o investigadores"
En la LOSU no se utiliza el verbo "desarrollar tareas" como
finalidad principal, sino los verbos "contribuir", "mejorar" e "impulsar, aunque en
la práctica un emérito pueda dar clase (tareas docentes) su estatus es de colaboración basada
en el prestigio, no es para desarrollar tareas comunes.
La opción d) es CORRECTA. La LOSU delega
expresamente en los Estatutos de cada universidad la
definición de los requisitos de acceso, desempeño y las funciones específicas.
Marcamos la C como respuesta falsa en la hoja de
respuestas.
Recordad que la UPV tiene una normativa propia aprobada el 29/10/2025 que
regula la figura del profesor emérito.
Si te ha gustado este post, es posible que también te guste este otro:
https://caminoinspirador.blogspot.com/2026/02/dia-123-por-que-fallas-preguntas-que.html
Buenas tardes 😘
ResponderEliminarEs verdad, alguna vez me ha pasado que por exceso de confianza he marcado la primera que me ha sonado guay sin acabar d leer las otras...y luego viene la cagada...
Para lo poco que se y encima cometiendo ésta clase de errores 😂😂😂