Día 149.- Cambio en los umbrales de los contratos SARA

 Día 149.- 24/03/2026

1.- Tip

¿Sabías que los umbrales de los contratos sujetos a regulación armonizada (SARA) cambian por ley cada dos años? Pues bien, este 1 de enero de 2026 ha entrado en vigor la nueva actualización (Orden HAC/1517/2025) y, a diferencia de otras veces, los importes han bajado

Quédate con las tres cifras clave: el umbral de Obras y Concesiones baja a los 5.404.000 €, el de Suministros y Servicios de la AGE se queda en 140.000 €, y para el resto de entidades públicas (como Ayuntamientos o CCAA) baja a los 216.000 €

2.- Bitácora

Seguimos con la LOSU.

3.- Píldora del día

Hoy la píldora del día va sobre la Ley de Función Pública Valenciana y concretamente sobre la excedencia voluntaria por interés particular regulada en el artículo 147.

Requisitos:

3 años de servicios efectivos: Para poder solicitarla, debes haber prestado servicios efectivos de forma inmediatamente anterior en cualquier Administración Pública, organismos públicos, consorcios o universidades públicas.

Nota: Recuerda que en el TREBEP son 5 años, ¡en la Comunitat Valenciana solo 3!

2 años de permanencia mínima: Una vez concedida, no puedes solicitar el reingreso hasta que hayas permanecido en esta situación un mínimo de 2 años.

Si finaliza la causa que te llevó a otra situación (como una excedencia por cuidado de hijos o servicios especiales) y no solicitas el reingreso en el plazo establecido, la Administración te pasará a esta excedencia voluntaria por interés particular de oficio.

Esta excedencia NO es un derecho automático. Está subordinada a las necesidades del servicio (tienen que motivarlas para denegarla) y no la darán si hay un expediente disciplinario abierto.

ATENCIÓN: El TREBEP marca el máximo de 5 años, pero permite que las leyes autonómicas lo reduzcan.

La Comunitat Valenciana lo ha dejado en 3 años.

Asimismo el TREBEP no fija periodo mínimo de permanencia que lo fija la ley valenciana. Atención la respuesta es diferente si te preguntan o el TREBEP o por la LFPV.

Pregunta

34. El art. 147 de la Ley 4/2021 de la Función Pública Valenciana establece que, para obtener la excedencia voluntaria por interés particular, el personal funcionario de carrera deberá haber prestado servicios efectivos en cualquiera de las administraciones públicas durante un periodo:

a) Mínimo de dos años inmediatamente anteriores.

b) Mínimo de tres años inmediatamente anteriores.

c) Mínimo de cinco años inmediatamente anteriores

d) Máximo de tres años inmediatamente anteriores.

Análisis

Leemos la pregunta y marcamos por interés particular y Ley de Función Pública Valenciana.

Vemos las opciones. La opción a es incorrecta, están intentando confundirnos con el tiempo de permanencia mínima.

La opción B es correcta. Son mínimo 3 años inmediatamente anteriores. Atención a la palabra mínimo que también es importante.

La opción C es incorrecta porque están intentando confundirnos con el TREBEP.

La opción D es incorrecta porque es un mínimo, no un máximo.

Marcamos la B en la hoja de respuestas.

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Comentarios

  1. Buenas tardes 😘
    Sabía que los umbrales de SARA cambiaban, lo que no sabía es que era cada dos años. Gracias por la información 😁
    Hoy he hecho mi primera clase de yoga desde la operación y fenomenal. O sea, que las oposiciones también van a ir fenomenal 😁✈️🎈

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