1.- Tip
¿Sabías que los umbrales de los contratos
sujetos a regulación armonizada (SARA) cambian por ley cada dos años?
Pues bien, este 1 de enero de 2026 ha entrado en vigor la nueva actualización
(Orden HAC/1517/2025) y, a diferencia de otras veces, los importes han
bajado.
Quédate con las tres cifras clave: el
umbral de Obras y Concesiones baja a los 5.404.000 €,
el de Suministros y Servicios de la AGE se queda en 140.000
€, y para el resto de entidades públicas (como
Ayuntamientos o CCAA) baja a los 216.000 €.
2.-
Bitácora
Seguimos con la LOSU.
3.-
Píldora del día
Hoy la píldora del día va sobre la Ley de Función Pública Valenciana y
concretamente sobre la excedencia voluntaria
por interés particular regulada en el artículo 147.
Requisitos:
3 años de servicios efectivos: Para poder solicitarla, debes haber prestado servicios efectivos de forma
inmediatamente anterior en cualquier Administración Pública, organismos
públicos, consorcios o universidades públicas.
Nota: Recuerda
que en el TREBEP son 5 años, ¡en la Comunitat Valenciana solo 3!
2 años de permanencia mínima: Una vez concedida, no puedes solicitar el reingreso hasta que hayas
permanecido en esta situación un mínimo de 2 años.
Si finaliza la
causa que te llevó a otra situación (como una excedencia por cuidado de hijos o
servicios especiales) y no solicitas el reingreso en el plazo
establecido, la Administración te pasará a esta excedencia voluntaria por
interés particular de oficio.
Esta excedencia NO es un derecho
automático. Está subordinada a las necesidades del servicio (tienen
que motivarlas para denegarla) y no la darán si hay un expediente disciplinario
abierto.
ATENCIÓN: El TREBEP marca el máximo de 5
años, pero permite que las leyes autonómicas lo reduzcan.
La Comunitat Valenciana lo ha dejado
en 3 años.
Asimismo el TREBEP no fija periodo mínimo
de permanencia que lo fija la ley valenciana. Atención la respuesta es
diferente si te preguntan o el TREBEP o por la LFPV.
Pregunta
34. El art. 147 de la Ley 4/2021 de la Función Pública
Valenciana establece que, para obtener la excedencia voluntaria por interés
particular, el personal funcionario de carrera deberá haber prestado servicios
efectivos en cualquiera de las administraciones públicas durante un periodo:
a) Mínimo de dos años inmediatamente anteriores.
b) Mínimo de tres años
inmediatamente anteriores.
c) Mínimo de cinco años inmediatamente anteriores
d) Máximo de tres años inmediatamente anteriores.
Análisis
Leemos la pregunta y marcamos por interés particular y Ley de Función Pública Valenciana.
Vemos las opciones. La opción a es incorrecta, están intentando confundirnos con el tiempo
de permanencia mínima.
La
opción B es correcta. Son mínimo 3 años inmediatamente anteriores.
Atención a la palabra mínimo que también es importante.
La
opción C es incorrecta porque están intentando confundirnos con el TREBEP.
La
opción D es incorrecta porque es un mínimo, no un máximo.
Marcamos
la B en la hoja de respuestas.
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Buenas tardes 😘
ResponderEliminarSabía que los umbrales de SARA cambiaban, lo que no sabía es que era cada dos años. Gracias por la información 😁
Hoy he hecho mi primera clase de yoga desde la operación y fenomenal. O sea, que las oposiciones también van a ir fenomenal 😁✈️🎈