1.- Tip
Después de la intensidad de las Fallas, ese silencio
que hoy recuperamos no es solo ausencia de petardos o música; para nosotros es
el escenario donde volvemos a nuestra
planificación.
Retomar el ritmo
después del caos requiere paciencia, así que probablemente hoy te costará un poco más
concentrarte. Aprovecha este primer día para reconectar con el punto exacto
donde lo dejaste, sin prisas pero sin pausa, dejando que la tranquilidad de tu
zona de estudio te devuelva el foco que las fiestas interrumpieron. Hoy el
silencio no es vacío, es oportunidad; vamos a aprovecharlo para recuperar
nuestro ritmo.
2.- Bitácora
Esta semana acabaremos de repasar la Ley de Contratos
para empezar la semana que viene con un tema estrella, la Ley Orgánica del
Sistema Universitario (LOSU), os adelanto que ya hemos visto algunas partes,
como profesorado o presupuestos.
3.- Píldora del día
Hoy la píldora del día es sobre el RD 1002/2010 que regula la expedición de
títulos universitarios oficiales. El artículo 11 regula el título de doctor
e indica:
Los títulos oficiales de Doctor se
obtienen tras la superación de las correspondientes enseñanzas que
tienen como finalidad la adquisición de las competencias y
habilidades relacionadas con la investigación científica de
calidad y finalizarán con la elaboración y defensa de una tesis doctoral que
incorpore resultados originales de investigación
NOMBRE
DEL TÍTULO
Doctor o Doctora por la Universidad U.
Deberá especificar
el campo de conocimiento.
La expedición material de
estos títulos contemplará referencia
expresa a su condición de enseñanzas de doctorado y alusión a su carácter
oficial y validez en todo el territorio nacional
Los títulos oficiales de
Doctor se expedirán con la denominación que,
en cada caso, figure en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT)
Podrá incluir, en su caso, la mención «cum laude», de conformidad con lo establecido para la defensa y evaluación de la
tesis doctoral en su normativa específica.
ANVERSO
DEL TÍTULO: Todo lo "especial"
Mención
de "Doctorado Internacional"
Mención
de "Doctorado Industrial"
Mención de Cotutela:
Diligencia que diga: "Tesis en régimen de cotutela con la universidad
U".
Recuerda: Para
que estas menciones figuren, deben cumplirse los requisitos que exige el RD
99/2011.
Pregunta
26. Según el art. 11 del RD 1002/2010, de 5 de agosto,
sobre expedición de títulos universitarios oficiales de grado, máster y doctor,
las menciones de "Doctorado Internacional" y "Doctorado
Industrial", que pueden figurar en el título de Doctor, ¿en qué parte del
título aparecerán reflejadas?
a) En el reverso ambas.
b) En el anverso ambas.
c) La mención de "Doctorado Internacional"
en el anverso y la de "Doctorado Industrial" en el reverso.
d) La mención de "Doctorado Internacional"
en el reverso y la de "Doctorado Industrial" en el anverso.
Análisis
Leemos la pregunta y
marcamos el RD 1002 y menciones.
Ahora analizamos las opciones la a es incorrecta porque en el reverso solo aparecen las claves de
registro y las firmas. Todas las menciones van en el anverso.
La opción b es
correcta, ambas menciones, si se cumplen los requisitos van en el anverso, al igual
que si hubiera habido cotutela.
Las opciones c y d son
incorrectas porque ambas menciones figuran en el anverso.
Marcamos la opción B
en la hoja de respuestas.
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