1.- Tip
Esta semana Valencia
huele a pólvora, a chocolate, a buñuelos y a música y si has cumplido con
tu planificación, estos días tienes todo el derecho del mundo a tomarte un
respiro. Estudiar una oposición es una carrera de fondo y forzarte a
estudiar mientras medio mundo está en la calle te agota. Date la licencia, esta
semana podrías dejar de estudiar y disfrutar de las Fallas.
El descanso no es
tiempo perdido, es parte del método. Necesitas desconectar para consolidar lo que has
estudiado, y un día o dos de fiesta puede devolverte más energía de la que
crees. Así que ya sabes, disfruta todo lo que puedas y vuelve a la rutina el
viernes con las pilas cargadas.
2.- Bitácora
Hoy terminamos
el tema 5 sobre género y mañana empezaremos a repasar la Ley de Contratos
del Sector Público, esta semana de Fallas no vamos a avanzar en temas nuevos
pero si tenemos 10 minutos de tiempo podemos repasar las cosas que ya sabemos.
3.- Píldora del día
Hoy la píldora del día va sobre los efectos de los
actos administrativos, artículo 39 de la LPAC.
Los actos de la Administración se presumen válidos y tienen
efectos desde que se dictan, salvo que el propio acto se diga lo
contrario.
Eficacia Demorada
No siempre su eficacia es inmediata. Puede demorarse
si:
- Lo exige el propio contenido del acto.
- Necesitan ser notificados o publicados.
- Requieren una aprobación superior.
La eficacia retroactiva es excepcional. Solo cabe si:
- · Sustituyen a actos anulados.
- · Son favorables al interesado siempre que los hechos ya
existían en esa fecha pasada y no se lesione derechos o intereses
legítimos de otras personas.
Respeto entre
Administraciones
Las normas y actos dictados por los órganos de las Administraciones
Públicas en el ejercicio de su propia competencia deberán ser
observadas por el resto de los órganos administrativos, aunque no dependan
jerárquicamente entre sí o pertenezcan a otra Administración. (Ojo porque
el órgano que lo dicta debe ser competente).
Si la Administración A
debe dictar un acto que se basa en uno de la Administración B, pero cree que el
de B es ilegal:
·
Podrá hacer un requerimiento
previo para que lo anulen o revise el acto.
·
Si no le hacen caso, puede
interponer recurso contencioso-administrativo.
·
Mientras se resuelve, el procedimiento para dictar resolución queda suspendido.
No
confundas validez con eficacia. Un acto puede ser válido (está
bien dictado) pero no ser eficaz (por ejemplo, porque aún no se ha notificado).
Pregunta
20. Señale la afirmación ERRÓNEA en relación con los
efectos del acto administrativo:
A. Los actos de las Administraciones Públicas sujetos
al Derecho Administrativo se presumirán válidos y producirán efectos desde la
fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa.
B. La eficacia quedará demorada cuando así lo exija el
contenido del acto o esté supeditada a su notificación, publicación o
aprobación superior.
C. Excepcionalmente, podrá otorgarse eficacia
retroactiva a los actos cuando se dicten en sustitución de actos anulados.
D. Las normas y actos dictados por los órganos de las
Administraciones Públicas en el ejercicio de su propia competencia no deberán
ser observadas por el resto de los órganos administrativos que pertenezcan a
otra Administración.
Análisis
Leemos la pregunta y vemos que nos preguntan por la errónea, cambio el chip y sé que hay varias
correctas porque si voy muy deprisa y no soy consciente podría buscar la
correcta que es lo normal.
Vemos las opciones:
La opción A) es correcta. Establece la presunción
de validez y la ejecutividad inmediata del acto desde que se dicta, a
menos que el acto diga lo contrario.
La opción B) es correcta. La eficacia no
siempre es inmediata; si un acto te impone una sanción, no produce efectos
hasta que te lo notifican.
La opción C) es correcta. Refleja una
excepción, la retroactividad es posible cuando se dicta un acto nuevo para
arreglar el vacío que dejó uno anulado anteriormente.
La opción D) es errónea. La ley
indica que las normas y actos dictados por un órgano competente "deberán
ser observadas por el resto de los órganos administrativos", incluso
si pertenecen a otra Administración o no tienen relación jerárquica. La opción
D añade un "no" que no existe en la ley, y, por ello, rompe el
principio de unidad y lealtad institucional.
Marcamos la opción D
como errónea en la hoja de respuestas.
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Buenos días 😘
ResponderEliminarYo como no he llegado a la planificación...voy a estudiar toooodas las fallas😆 voy a aprovechar que no tengo médicos, radioterapia y demás.
Evidentemente algún rato, como buena valenciana, saldré a disfrutar de la fiesta, pero estos días voy a ir a full a ver si me pongo al día 😁💪🏼💪🏼💪🏼