Día 44.- Leyenda urbana (2).-La C es la correcta

Día 44_09/12/2025

1.- Tip

La C es la correcta. Esa pequeña superstición se transmite de generación como si fuera un secreto compartido en los pasillos. En realidad, lo que refleja es esa mezcla de ansiedad y esperanza que sentimos cuando nos enfrentamos a preguntas que no sabemos, y la necesidad de agarrarnos a cualquier estrategia que nos dé seguridad, aunque sepamos que es solo un mito.

La verdad es que los exámenes están diseñados para evitar patrones fáciles, y confiar en la C suele acabar en decepción. Existen manuales para elaborar pruebas tipo test y también múltiples formas de afrontarlas, hay quien empieza a leer las opciones desde abajo hacia arriba, quien hace una primera pasada rápida para detectar errores evidentes y hay quien sigue el orden con calma. Esta leyenda urbana nos recuerda algo esencial, todos pasamos por momentos de duda y buscamos atajos. La clave está en transformar esa inseguridad en estrategia real. Sigue tu método, descarta opciones, gestiona el tiempo y, sobre todo, confía en lo que sabes. Porque al final, la única C que siempre funciona es la de Confianza.

2.- Bitácora

Seguimos con el tema 12: Estatutos UPV y su estructura y contenido.

3.- Píldora del día

Hoy la píldora del día va sobre la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, Ley de contratos del sector público y vamos a diferenciar entre valor estimado de los contratos y presupuesto base de licitación (artículos 100 a 102)

El valor estimado del contrato es una cifra, calculada sin IVA, que incluye no solo los costes de ejecución y estructura, sino también las posibles prórrogas, opciones y modificaciones previstas; su función es jurídica, pues determina el régimen aplicable al contrato (si es armonizado y la publicidad). Debemos recordar es que NO INCLUYE IVA.

En cambio, el presupuesto base de licitación es la cifra que aparece en el anuncio de la licitación, calculada con IVA, y representa el límite máximo de gasto real que puede comprometer el órgano de contratación; sirve para fijar garantías, penalidades y marca el precio máximo del contrato. INCLUYE IVA. Es el importe máximo de la adjudicación del contrato e incluye el IVA, pero no cuenta con las posibles prórrogas y modificaciones.

En la práctica en valor estimado del contrato es el presupuesto base de licitación al que se añaden las prórrogas, modificaciones del contrato, primas, si las hay, y se excluye el IVA.

Pregunta real de examen

20. ¿En el cálculo del valor estimado de los contratos, además de los costes derivados de la aplicación de las normativas laborales vigentes, otros costes que se deriven de la ejecución material de los servicios, los gastos generales de estructura y el beneficio industrial, qué otros factores deberán tenerse en cuenta?:

a) Las eventuales prórrogas, las primas previstas y las modificaciones 

b) Las penalidades a imponer en caso de incumplimiento 

c) No se puede tener en cuenta ningún otro factor 

d) Ninguna de las tres es correcta

Piensa en la respuesta antes de seguir leyendo y piensa como has llegado a ella, qué has hecho para determinar la opción correcta.

Lo primero que hago es rodear valor estimado para tener claro lo que me están preguntando y pienso que el VE no lleva IVA, mi regla nemotécnica es Valor Estimado (VE)- V=IVA y E=excluido.

El VE es el precio sin IVA e incluye prórrogas previstas y modificaciones, se usa para determinar el procedimiento del contrato (abierto, negociado...) y su publicidad.

La A es correcta pero sigo leyendo por si hay alguna más completa.

La B la descarto porque las penalidades se fijan sobre el precio base de licitación (PBL)

La C la descarto porque sé que para calcular el VE debo saber si habrán o no prórrogas u otras modificaciones, es el valor máximo que podría alcanzar el contrato con todas las vicistudes que puedan ocurrir.

Y la D la descarto también porque ya he comprobado que la A es correcta.

Marco la A en la hoja de respuestas del examen.

En el cálculo del valor estimado siempre debo pensar en todo lo que potencialmente puede ampliar el contrato (prórrogas, modificaciones, primas), mientras que las penalidades se vinculan al presupuesto base de licitación.

RECUERDA:

VE: SIN IVA e incluye modificaciones y prórrogas.

PBL: CON IVA se usa para calcular las posibles penalidades.

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Comentarios

  1. Buenos días 😘
    Esa leyenda urbana de la C no la había oído en la vida...menos mal...
    Gracias por la píldora de contratos, todo lo que me puedas ayudar en contratos, genial 🥰
    Ayer estuve enferma y aún así estudié y hoy me he ido a urgencias y me he cogido moscoso, necesito descansar. El cuerpo me lo está pidiendo a gritos. Tengo un cólico intestinal, yo es que estoy enferma de los intestinos. Voy a intentar relajar mi zona abdominal y el cuerpo en general.
    Todas llevamos demasiado estrés y al final el cuerpo se rebela.
    Cuídate mucho Rosa 🥰🙏🏼🙏🏼🙏🏼

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