Día 40.- Dos segundos que valen la pena

Día 40.- 05/12/2025

1.-Tip

Cuando veas “indica la INCORRECTA”, márcala con un círculo grande en el enunciado. Parece tonto, pero en el examen tu cerebro lee en automático y acabas marcando la correcta. Dos segundos que pueden valer puntos.

Otras veces, por ejemplo, cuando te preguntan por documentos contables tipo ADOK (A, D, O, K) y la correcta es la A, rara vez el documento contable A está en la opción a). Los tribunales suelen ponerla en la b) o c) para despistarte. Fíjate mucho en lo que te preguntan para marcar la opción correcta en el cuestionario de respuestas. Si no te fijas puede ocurrir que lo sepas y acabes marcando otra cosa.

2.- Bitácora

Seguimos con el tema 22: Los presupuestos en la UPV

3.- Píldora del día

Hoy la píldora del día trata sobre la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y su régimen jurídico.

TIPOS DE CONTRATOS

CONTRATOS ADMINISTRATIVOS (Art. 24)

Se celebran por Administraciones Públicas:

  • Obra, concesión de obra, concesión de servicios, suministro y servicios.

EXCEPCIÓN (son privados): Servicios financieros, creación artística/literaria, espectáculos y suscripción a revistas.

CONTRATOS PRIVADOS (Art. 26)

Tipo A: Administraciones Públicas con objeto distinto a los administrativos.

Tipo B: Entidades del sector público que son poder adjudicador pero NO Administraciones Públicas.

Tipo C: Entidades del sector público que NO son poder adjudicador.

NORMATIVA APLICABLE (RESUMEN)

Tipo

Preparación y Adjudicación

Efectos, Modificación y Extinción

ADMINISTRATIVOS

LCSP → Derecho administrativo → Derecho privado

LCSP → Derecho administrativo → Derecho privado

PRIVADOS Tipo A

Normas específicas → LCSP → Derecho administrativo/privado

Derecho privado

PRIVADOS Tipo B

LCSP

Derecho privado + normas LCSP (medio ambiente, modificación, cesión...)

PRIVADOS Tipo C

Arts. 321 y 322 LCSP

Derecho privado

PREGUNTA REAL DE EXAMEN

37.- Indica la respuesta INCORRECTA según el art. 26 LCSP:

a) Se considerarán privados los contratos celebrados por entidades del Sector Público que no reúnan la condición de poder adjudicador.

b) Se considerarán privados los celebrados por entidades del Sector Público que siendo poder adjudicador no reúnan la condición de Administraciones Públicas.

c) Los contratos privados que celebren las Administraciones Públicas se regirán en cuanto a su preparación y adjudicación por las normas de derecho privado con carácter general, aplicándose la Ley 9/2017 LCSP supletoriamente.

d) Los contratos que celebren las Entidades del Sector Público que no posean la condición de poder adjudicador, se regirán por lo dispuesto en los artículos 321 y 322.

RESOLUCIÓN

Paso 1: Identifico que buscan la INCORRECTA.

Paso 2: Analizo las opciones:

  • a) y b) Correctas (definición de contratos privados Tipo C y B)
  • c) INCORRECTA → Los contratos privados de AAPP se rigen por sus normas específicas y, en su defecto, por la LCSP con carácter general (NO supletorio). Aquí está el error: invierte el orden.
  • d) Correcta (literal del art. 26.4)

RESPUESTA: C

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Comentarios

  1. Buenos días 😘
    Yo lo de marcar lo de incorrecto si que lo tengo interiorizado.
    Me fijaré de ahora en adelante en pequeños-grandes detalles del ADOK.
    Y gracias por iniciarme con lo de los contratos, que todo sobre ellos me parece un horror 😱 Ahí si que necesitaré audios...

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