Día 78.- Gestión del tiempo

Cuenta atrás: Día 78.- 31/07/2026

1.- Tip

El tiempo en un examen no se gestiona sobre la marcha, se planifica antes de entrar al aula. Para evitar el pánico del tramo final, una estrategia que a mí me funciona es hacer 3 vueltas. En la primera pasada, responde rápidamente solo aquellas preguntas de las que estés 100 % segura. En la segunda pasada, analiza las preguntas en que tenías duda entre dos opciones y finalmente, reserva el tiempo restante para evaluar si merece la pena arriesgar en aquellas preguntas que dudas entre tres.

Para estar más tranquila, establece puntos de control intermedios. Por ejemplo, si el examen consta de 100 preguntas para 90 minutos, al llegar al minuto 30 deberías haber revisado al menos un tercio del examen. Si detectas que vas con retraso, ajusta la velocidad. No te atasques en ninguna pregunta, ya que todas valen lo mismo y a veces la respuesta la encuentras más tarde o te viene a la mente leyendo otra de la misma materia. Recuerda además guardar entre 5 y 10 minutos finales para repasar la plantilla de respuestas, asegurándote de no haber desplazado por error las casillas y que en cada casilla solo hay una marca.

Recuerda que lo más importante es que cada uno tiene su propio sistema, el que le funciona y que lo ha probado en simulacros controlados en casa. No innoves el día del examen, prueba antes lo que a ti te funciona.

2.- Bitácora

Seguimos con el módulo 4 y el tema 17 contratos de la Ley de la Ciencia.

RECUERDA

Artículo 22: contrato de acceso del personal doctor (R2/R3)

Tiene por objeto la realización primordialmente de tareas de investigación, desarrollo, transferencia de conocimiento e innovación, orientadas a la obtención por el personal investigador de un elevado nivel de perfeccionamiento y especialización profesional, que conduzcan a la consolidación de su experiencia profesional. Además, el personal contratado podrá realizar actividad docente hasta un máximo de 100 horas anuales.

La duración es de un mínimo de 3 años y máximo de 6, o de 8 años en caso de discapacidad

A partir del segundo año de contrato, el personal contratado podrá someter a evaluación la actividad investigadora realizada, que de ser positiva conllevará la obtención del certificado R3, que acredita como personal investigador/a establecido/a, y eximirá de parte de las pruebas para acceder a personal funcionario y laboral fijo en Organismos Públicos de Investigación, organismos de investigación de las Comunidades Autónomas, Universidades públicas, fundaciones y consorcios del sector público. En el ámbito de la universidad el certificado R3 podrá compensar o eximir de la evaluación de los méritos investigadores para obtener la acreditación para profesor/a titular o permanente laboral. 

El contrato da derecho a una indemnización por finalización de contrato de 12 días por año trabajado.

La convocatoria para la obtención del certificado R3 será realizada por la Agencia Estatal de Investigación.

ATENCIÓN: El R3 lo evalúa la Agencia Estatal de Investigación, salvo algunas excepciones. Ojo porque estamos acostumbrados a que siempre la evaluación la hacen la AVAP o la ANECA y en el R3 es la agencia estatal de investigación.

En el ámbito de las universidades públicas obtener el R3 exime de parte de las pruebas pero no en el concurso de acceso sino en la acreditación a PPL o TU de la ANECA o la AVAP

3.- Pregunta y análisis

102. Señale la afirmación INCORRECTA. Según la Ley 4/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de coordinación del Sistema Universitario Valenciano:

A) El Sistema Universitario Valenciano está integrado por las Universidades que tienen su sede principal en la Comunitat Valenciana.

B) Las universidades pertenecientes al Sistema Universitario Valenciano serán creadas, en el caso de las públicas, o reconocidas, en el caso de las privadas, mediante ley de Les Corts.

C) Corresponde a las universidades elaborar sus estatutos, en el caso de las públicas, o sus normas de organización y funcionamiento, en el caso de las privadas, correspondiendo su aprobación, previo control de legalidad, al Consell.

D) Corresponde al Consell, a propuesta del consejo social y previo informe del consejo de gobierno de la universidad y puesta en conocimiento del Consejo Valenciano de Universidades y de Formación Superior, aprobar la adscripción o la desadscripción a una universidad pública de centros docentes, de titularidad pública o privada, para impartir títulos universitarios oficiales.

Análisis

Leemos la pregunta y nos enfocamos en que buscamos la incorrecta. A mí me va bien redondearlo con un círculo es como el foco de una cámara, es lo que busco.

La opción A es correcta. El Sistema Universitario Valenciano está integrado por las Universidades que tienen su sede principal en la Comunitat Valenciana.

La opción B es correcta. Las universidades pertenecientes al Sistema Universitario Valenciano serán creadas, en el caso de las públicas, o reconocidas, en el caso de las privadas, mediante ley de Les Corts.

La opción C es correcta. Corresponde a las universidades elaborar sus estatutos, en el caso de las públicas, o sus normas de organización y funcionamiento, en el caso de las privadas, correspondiendo su aprobación, previo control de legalidad, al Consell.

La opción D es incorrecta. Aprobar la adscripción o desadscripción le corresponde al departamento competente en materia de universidades. Propone el Consejo Social con informe previo del Consejo de Gobierno.

Marcamos la D como respuesta incorrecta en la hoja de examen.

RECUERDA

Las universidades públicas se crean y las privadas se reconocen.

Las universidades públicas tienen estatutos y las privadas normas de organización y funcionamiento.

Si hay centros adscritos debe existir un convenio de adscripción.

Los convenios de adscripción los suscribe el rector de la universidad y el representante legal de la entidad titular del centro universitario y debe tener un contenido mínimo:

-La relación de enseñanzas universitarias de carácter oficial que se impartirán en el centro adscrito,

- La duración de la adscripción,

- Las normas de organización y funcionamiento,

- Y el procedimiento para solicitar de la Universidad la venia docendi de su profesorado.

La venia docendi es una autorización que da la universidad para que profesores externos (de centros adscritos o colaboradores externos) pueden dar clase en títulos oficiales.

 Si te ha gustado este post, es posible que también te guste este otro:

https://caminoinspirador.blogspot.com/2026/04/dia-175-descanso-activo-completa-la.html


Comentarios