1.-Tip
Tachar
directamente sobre el papel las opciones incorrectas y, sobre todo, eliminar el
dato concreto que las hace falsas es una de las estrategias visuales más
eficaces para gestionar con agilidad el examen. En lugar de
poner solo una cruz al lado de la letra, tachar
la palabra errónea te permite ver, de un simple vistazo, por qué desechaste
cada opción. Esto reduce el ruido visual, evita que vuelvas a procesar
información que ya habías analizado y te da claridad sobre entre cuántas
alternativas estás dudando realmente.
Además,
esta técnica te ayuda a optimizar el tiempo y a evitar descuidos absurdos.
Si en una primera vuelta dudas entre varias opciones y prefieres dejar la
pregunta para el final, al regresar en la segunda pasada no tendrás que empezar
desde cero, lo que descartaste ya está descartado. Asimismo, este hábito te
obliga a leer todas las alternativas de principio a fin, protegiéndote de
errores como dar por buena la primera opción antes de llegar a combinadas del
tipo A y B son correctas.
2.-
Bitácora
Empezamos a repasar el bloque 4,
concretamente el tema 15 sobre el
Estatuto Básico del Empleado Público.
RECUERDA
El TREBEP
es la ley básica. El TREBEP reúne la Ley 7/2007 (el EBEP original) y
todas sus modificaciones posteriores. Su naturaleza jurídica es la de legislación
básica del Estado, fundamentada en el artículo 149.1.18ª de la CE. Fija
las bases y el mínimo aplicable al personal de todas las
Administraciones Públicas.
La
relación TREBEP vs. Leyes Autonómicas
La convivencia entre la norma estatal y
las autonómicas se rige por la distribución de competencias:
Lo regulado en el TREBEP es básico y ninguna
ley autonómica puede contradecirlo.
La ley autonómica desarrolla,
concreta y adapta ese marco común a la realidad de su administración,
pudiendo complementar o mejorar aspectos siempre que respete los mínimos
estatales.
Estructura:
8 TÍTULOS
Título Preliminar: Objeto
y ámbito de aplicación.
Título I – Clases de personal: Regula
las 4 clases de personal (funcionarios de carrera, funcionarios interinos,
personal laboral y personal eventual).
Título II – Personal directivo: Regula
la figura del personal directivo profesional.
Título III – Derechos y deberes. Código de
conducta: Abarca derechos individuales, colectivos,
jornada, permisos, vacaciones y el código de conducta.
Título IV – Adquisición y pérdida de la
relación de servicio: Acceso al empleo público, procesos selectivos y
causas de pérdida de la condición de funcionario.
Título V – Ordenación de la actividad
profesional: Carrera profesional, provisión de puestos y la
evaluación del desempeño.
Título VI – Situaciones administrativas: Servicio
activo, servicios especiales, excedencias, suspensión de funciones, etc.
Título VII – Régimen disciplinario: Clasificación
de faltas y sanciones.
Título VIII – Cooperación entre
Administraciones Públicas: Órganos de cooperación como la Conferencia
Sectorial de Administración Pública.
Pregunta y
análisis
73. Señale la afirmación CORRECTA. Según la Ley
4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana:
A) Los órganos de selección, con la finalidad de
asegurar la cobertura de las vacantes convocadas, propondrán el acceso a la
condición de personal funcionario un 10% superior de personas aprobadas al de
vacantes convocadas.
B) El sistema selectivo mediante el procedimiento de
concurso consiste exclusivamente en la valoración de los méritos conforme al
baremo previamente aprobado. Este procedimiento se aplicará a la selección de
personal funcionario de carrera y laboral fijo, con carácter excepcional,
cuando así se establezca por ley.
C) En relación con la selección de personal, las
convocatorias y sus bases se publicarán en el Diari Oficial de la Generalitat
Valenciana o en el boletín oficial correspondiente, y vincularán a la
administración, a los órganos de selección y a los órganos de representación
unitaria del personal.
D) La pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta, cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga, produce la pérdida de la condición de personal funcionario respecto de todos los empleos o cargos que tuviere.
Análisis
Leemos la pregunta y marcamos con un círculo la palabra correcta y la ley 4/2021. Analizamos las opciones:
La opción A es incorrecta (artículo 67.8). Los órganos de selección no pueden proponer el acceso a un número superior de personas aprobadas al de vacantes convocadas, excepto cuando se prevea en la propia convocatoria.
No obstante lo anterior, y con la finalidad de asegurar la cobertura de las vacantes convocadas, siempre que los órganos de selección hayan propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de vacantes convocadas, cuando se produzcan renuncias o concurra alguna de las causas de pérdida de la condición de personal funcionario en las personas propuestas antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante requerirá del órgano de selección relación complementaria de los aspirantes aprobados que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera.
La opción B es incorrecta. Según
el artículo 65.4, el sistema de concurso, que consiste en la mera valoración de
méritos, se aplica de forma excepcional únicamente para la selección de
personal funcionario de carrera, y no para el personal laboral fijo.
La opción C es incorrecta (artículo 61.3). Las convocatorias y sus bases vinculan a la administración, a los órganos de selección y a quienes participen en las mismas, no a los "órganos de representación unitaria del personal".
La opción D es correcta (artículo 72). La pena de inhabilitación absoluta produce la pérdida de la condición de personal funcionario respecto de todos los empleos o cargos que tuviere. Debemos diferenciar entre la inhabilitación especial que es la pérdida de la condición de funcionario "respecto de aquellos empleos o cargos especificados en la sentencia". En resumen si la inhabilitación es absoluta pierde la condición de funcionario en todos los empleos pero si es especial solo de aquellos que se especifiquen en la sentencia y por supuesto, la sentencia debe ser firme, es decir, no cabe ningún tipo de recurso.
Marcamos la D como respuesta correcta en la hoja de respuestas.
RECUERDA:
El TREBEP (Art. 85.1) establece 5
situaciones administrativas generales: Servicio activo, Servicios
especiales, Servicio en otras AAPP, Excedencia y Suspensión de funciones pero el
propio TREBEP (Art. 85.2) habilita a las CCAA a regular otras
situaciones.
La Ley 4/2021 (Art. 138.1) aprovecha
esa facultad y desglosa 7 situaciones:
1.-Servicio activo
2.-Servicios especiales
3.-Servicio en otras administraciones
públicas
4.-Excedencia voluntaria (desglosada)
5.-Excedencia forzosa (propia
CCAA)
6.-Expectativa de destino (propia
CCAA)
7.-Suspensión de funciones
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