Día 215.- El dilema de contar o fluir

Día 215.- 29/05/2026

1.- Tip

A raíz del post sobre gestión del riesgo, una amiga me escribió para decirme que eso de calcular y contar preguntas le parecía una presión enorme. Pero, como decía uno de mis cantantes favoritos, todo depende de cómo lo mires, no se trata de contar de forma obsesiva en mitad del examen, sino de activar un sistema automatizado de marcas visuales según la dificultad en tu primera vuelta. Al final, un simple vistazo a la plantilla te dirá cuántas has dejado en blanco. Si tienes el criterio de las que dejas en banco claro y entrenado en casa, no tienes que tomar decisiones en el examen, solo aplicar el criterio, no hay presión si confías en el método.

Lo importante es comprender que el volumen de dudas es el termómetro de tu preparación. Si vas a probar suerte, el examen será un mar de incertidumbre; pero si es la oposición que te has preparado a conciencia, las dudas tienen que ser poquísimas. Cuando hay horas de estudio, no dejas espacio a la improvisación y dudas en pocas ocasiones porque te has estado preparando para este día. El sistema de marcas es como los espejos retrovisores del coche, no estás mirando todo el rato cuál es la distancia con el de atrás, solo echas un vistazo en un momento determinado para decidir si adelantas o no. Mirar hacia atrás no te añade más presión sino que te está dando control. De todas formas si sientes presión, puedes eliminarlo de tu sistema porque tu sistema es solo tuyo y es el que a tú te funciona.

2.- Bitácora

Seguimos repasando los artículos 131 a 155 de la Ley del Contratos del Sector Público (adjudicación)

3.- Píldora del día

Hoy la píldora del día va sobre la Ley 19/2013 sobre la reclamación al Consejo de Transparencia y buen gobierno regulado en el artículo 24.

¿Contra qué se reclama?: Contra cualquier resolución expresa o presunta en materia de acceso a la información.

Carácter: Potestativaprevio a la vía contencioso-administrativa.

Plazo de interposición: 1 mes contado desde el día siguiente a la notificación del acto impugnado o a aquel en que se produzcan los efectos del silencio.

Plazo para resolver y notificar: 3 meses.

Efecto del silencio: Desestimatorio

Tramitación: La tramitación de la reclamación se ajustará a lo dispuesto en materia de recursos en la Ley 30/92.

Cuando la denegación del acceso a la información se fundamente en la protección de derechos o intereses de terceros se otorgará, previamente a la resolución de la reclamación, trámite de audiencia a las personas que pudieran resultar afectadas para que aleguen lo que a su derecho convenga.

Publicación: Las resoluciones se publican por medios electrónicos, previa disociación de datos personales (anonimizadas) y una vez se hayan notificado a los interesados. (OJO: primero comunicación y después publicación)

Comunicación obligatoria: El Presidente del Consejo se las comunica al Defensor del Pueblo las resoluciones que dicte en aplicación de este artículo

Competencia: Resuelve el Consejo de Transparencia, salvo si la Comunidad Autónoma tiene su propio órgano específico.

Pregunta

14. De acuerdo con el artículo 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, frente a toda resolución expresa o presunta en materia de acceso a la información pública podrá interponerse:

a) Una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa.

b) Una reclamación ante el órgano competente para resolver, con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa.

c) Una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía administrativa ante el órgano competente para resolver.

d) Una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía administrativa ante el órgano superior jerárquico al competente para resolver.

Análisis

Leo la pregunta y marco la Ley 19/2013 y pienso ante quien puedo reclamar. Ya sé que es ante el Consejo de Transparencia y buen gobierno por lo que echando un ojo  a las respuestas puedo eliminar tranquilamente la B.A mí, personalmente me va bien tachar órgano competente porque si ahora dudara y luego tuviera que volver a revisar la pregunta ya sé que la opción B está descartada y por qué.

La opción a) es la correcta. La reclamación se interpone ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, es potestativa puedes elegir si ponerla o irte directo al juzgado.

La opción b) es incorrecta. Dice que se interpone ante el "órgano competente para resolver". Se interpone ante un órgano externo e independiente: el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

Las opciones c) y d) son incorrectas. Ambas dicen que es previo a la "vía administrativa".  Esta reclamación ya es la vía administrativa, es el último escalón dentro de la Administración. Lo que viene después de ella es la vía judicial (la vía contencioso-administrativa). Es un recurso de los que indica la Ley 39/2015 que tiene la consideración de sustitutiva de los recursos administrativos previstos en las normas de procedimiento común.

Marcamos la A en la hoja de respuestas.

RECUERDA

ARTÍCULO 112 LPAC

Las leyes podrán sustituir el recurso de alzada, en supuestos o ámbitos sectoriales determinados, y cuando la especificidad de la materia así lo justifique, por otros procedimientos de impugnación, reclamación, conciliación, mediación y arbitraje, ante órganos colegiados o Comisiones específicas no sometidas a instrucciones jerárquicas, con respeto a los principios, garantías y plazos que la presente Ley reconoce a las personas y a los interesados en todo procedimiento administrativo.

En las mismas condiciones, el recurso de reposición podrá ser sustituido por los procedimientos a que se refiere el párrafo anterior, respetando su carácter potestativo para el interesado.

La Reclamación ante el Consejo de Transparencia (art. 24 de la Ley 19/2013) es el ejemplo práctico del artículo 112 de la LPAC. 

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Comentarios

  1. Holaaa 😘
    Cómo el 20 de junio tengo el examen de Diputación al que voy también a practicar todo lo aprendido a nivel de estrategia... probaré a ver si tengo presión o son imaginaciones mías 😁

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