1.- Tip
Hoy quiero que veáis la diferencia entre Caja
Fija y Anticipo de Fondos a Justificar, un "clásico" de
examen que suele generar dudas.
La diferencia principal está en la finalidad y el
objeto. Los Fondos a Justificar se piden para una cosa concreta y
específica (un viaje o congreso) declarada al solicitarlo; el dinero nace
"atado" y solo justifica ese objeto hasta un límite de 15.000 €
por oficina gestora. En cambio, la Caja Fija es para el "día a
día" (Capítulo 2: material, correos); es un fondo que ya está en la
oficina para gastos pequeños y diversos, donde cada factura individual no puede
superar los 5.000 €.
Contablemente, la Caja Fija no es un gasto,
sino un movimiento de tesorería (provisión de fondos) que solo impacta en el presupuesto
cuando se repone el dinero gastado. Estas provisiones se libran como depósito
en la cuenta de la oficina gestora hasta un importe máximo del 7% de sus
créditos iniciales del capítulo de gastos corrientes (capítulo2 ).
2.- Bitácora
Ya están vistos todos los temas así que vamos a
empezar a repasar. Propongo empezar por el RD 822/2021 y su normativa de
desarrollo, a la vez que empezáis con los temas de informática.
3.- Píldora del día
Hoy la píldora del día va sobre los presupuestos de la
UPV y concretamente sobre los anticipos a justificar regulados en la norma 5.6.
1. Definición
Cantidades que se
libran excepcionalmente para
atender gastos sin acreditación documental previa de la prestación o del
derecho del acreedor.
OBJETO
1.- Dietas, transporte
e inscripciones asociadas al viaje.
Límite de anticipo: Hasta el 80% del importe estimado
de las indemnizaciones. Se podrán solicitar a través de la plataforma GEA en el
momento de la solicitud de la comisión de servicios.
2. Otros Gastos y
Fondos Especiales
Funcionamiento/Inventariable: Requieren
factura proforma o documento equivalente (máximo lo que indique la factura
proforma o documento equivalente (ejemplo presupuesto).
Fondo sin factura proforma (Si no se puede aportar): Importe máximo de 500 €.
Prohibición: No se pueden usar para pagos sujetos a retención
de IRPF o IRFP de no residentes (pagos a personal extrauniversitario que
conlleve retención de IRPF)
Procedimiento y
Autorización
Tramitación: Servicio de Tesorería y Gestión Tributaria.
Autorización: Corresponde a la Gerencia.
Documentos contables:
ü AFJ: Para formalizar la
petición.
ü ADOKFJ: Para la
justificación y contabilización una vez realizado el gasto. Para poder verificar
que el fondo ha sido destinado exclusivamente a la acción indicada, se
adjuntará a la justificación copia de la petición del fondo a justificar y la
documentación aportada en su solicitud (factura proforma o documento
equivalente y orden de compra).
ü DFJ: Para la
devolución de fondos sobrantes si no se han justificado totalmente.
Plazos de
Justificación
- General (Dietas/Transporte): Máximo 3
meses.
- Otros gastos (Funcionamiento/Inventariable): Máximo 1
mes.
- Excepción (Antelación en viajes para ahorro de
costes): Hasta 6 meses.
La Gerencia puede establecer plazos diferentes por
cierre del ejercicio económico.
Límites y
Restricciones
Límite por oficina gestora: El total
pendiente de justificar en la oficina gestora no puede exceder los 15.000
€.
Falta de justificación en plazo: Tras un plazo de
10 días desde el aviso sin respuesta, se inicia el procedimiento de
reintegro por parte de Gerencia.
Pregunta
45. Según las normas de funcionamiento del presupuesto
2026 aprobadas con carácter anual en la Universitat Politècnica de València, el
total de las órdenes de pago pendiente de justificar por oficina gestora tendrá
un límite:
a) No superior a 15.000 €.
b) No superior a 5.000 €.
c) No superior a 500 €, en cualquier caso.
d) No hay límite económico, siempre que lo autorice la
Gerencia.
Análisis
Leemos bien la pregunta y redondeamos que nos
preguntan por los fondos a justificar en la UPV. Ya estoy pensando que para viajes es el 80% del coste del viaje y
se pide en GEA mediante la comisión de servicios, en otros gastos lo que diga
la factura proforma o presupuesto y si no hay factura proforma ni presupuesto
500 € y que el tope general de la oficina gestora (de todas las claves
específicas de una misma oficina gestora) son 15.000 €
Vamos con las opciones:
La opción a) es
correcta. Las normas establecen que una Oficina Gestora no puede tener un volumen
total de órdenes de pago "a justificar" (sumando todas sus claves
específicas y solicitudes pendientes) que exceda los 15.000 €.
La opción b) es incorrecta. Esta cifra no
figura como límite general de la oficina gestora. Podría confundirse con la
caja fija pero no aplica al límite acumulado de fondos a justificar en la UPV.
La opción c) es incorrecta. Los 500 € son
el límite para una solicitud individual de fondos para
"otros gastos" cuando no existe una factura proforma o
documento equivalente que avale una cantidad superior.
La opción d) es incorrecta, aunque la Gerencia tiene facultades de
interpretación y excepcionalidad, las normas anuales de la UPV son taxativas al
establecer límites cuantitativos para garantizar el control financiero y evitar
el uso abusivo de este sistema excepcional de pago.
Marcamos la A en la hoja de respuestas.
RECUERDA
|
Concepto |
Límite Económico |
Observaciones |
|
Por Oficina Gestora |
15.000 € |
Límite máximo de órdenes pendientes de
justificar (saldo vivo acumulado). |
|
Otros Gastos (Sin proforma) |
500 € |
Importe máximo para una solicitud
individual si no hay factura proforma. |
|
Otros Gastos (Con proforma) |
Importe de la proforma o presupuesto |
El límite lo marca el presupuesto previo
del proveedor. |
|
Viajes y Dietas |
80% del coste del viaje e inscripción |
Porcentaje máximo del gasto estimado
para comisiones de servicio. |
https://caminoinspirador.blogspot.com/2026/02/dia-116-la-teoria-de-las-perchas.html
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