Día 190.- AFJ vs Caja fija

Día 190.- 04/05/2026

1.- Tip

Hoy quiero que veáis la diferencia entre Caja Fija y Anticipo de Fondos a Justificar, un "clásico" de examen que suele generar dudas.

La diferencia principal está en la finalidad y el objeto. Los Fondos a Justificar se piden para una cosa concreta y específica (un viaje o congreso) declarada al solicitarlo; el dinero nace "atado" y solo justifica ese objeto hasta un límite de 15.000 € por oficina gestora. En cambio, la Caja Fija es para el "día a día" (Capítulo 2: material, correos); es un fondo que ya está en la oficina para gastos pequeños y diversos, donde cada factura individual no puede superar los 5.000 €.

Contablemente, la Caja Fija no es un gasto, sino un movimiento de tesorería (provisión de fondos) que solo impacta en el presupuesto cuando se repone el dinero gastado. Estas provisiones se libran como depósito en la cuenta de la oficina gestora hasta un importe máximo del 7% de sus créditos iniciales del capítulo de gastos corrientes (capítulo2 ).

2.- Bitácora

Ya están vistos todos los temas así que vamos a empezar a repasar. Propongo empezar por el RD 822/2021 y su normativa de desarrollo, a la vez que empezáis con los temas de informática.

3.- Píldora del día

Hoy la píldora del día va sobre los presupuestos de la UPV y concretamente sobre los anticipos a justificar regulados en la norma 5.6.

1. Definición

Cantidades que se libran excepcionalmente para atender gastos sin acreditación documental previa de la prestación o del derecho del acreedor.

OBJETO

1.- Dietas, transporte e inscripciones asociadas al viaje.

Límite de anticipo: Hasta el 80% del importe estimado de las indemnizaciones. Se podrán solicitar a través de la plataforma GEA en el momento de la solicitud de la comisión de servicios.

2. Otros Gastos y Fondos Especiales

Funcionamiento/Inventariable: Requieren factura proforma o documento equivalente (máximo lo que indique la factura proforma o documento equivalente (ejemplo presupuesto).

Fondo sin factura proforma (Si no se puede aportar): Importe máximo de 500 €.

Prohibición: No se pueden usar para pagos sujetos a retención de IRPF o IRFP de no residentes (pagos a personal extrauniversitario que conlleve retención de IRPF)

Procedimiento y Autorización

Tramitación: Servicio de Tesorería y Gestión Tributaria.

Autorización: Corresponde a la Gerencia.

Documentos contables:

ü  AFJ: Para formalizar la petición.

ü  ADOKFJ: Para la justificación y contabilización una vez realizado el gasto. Para poder verificar que el fondo ha sido destinado exclusivamente a la acción indicada, se adjuntará a la justificación copia de la petición del fondo a justificar y la documentación aportada en su solicitud (factura proforma o documento equivalente y orden de compra).

ü  DFJ: Para la devolución de fondos sobrantes si no se han justificado totalmente.

Plazos de Justificación

  • General (Dietas/Transporte): Máximo 3 meses.
  • Otros gastos (Funcionamiento/Inventariable): Máximo 1 mes.
  • Excepción (Antelación en viajes para ahorro de costes): Hasta 6 meses.

La Gerencia puede establecer plazos diferentes por cierre del ejercicio económico.

Límites y Restricciones

Límite por oficina gestora: El total pendiente de justificar en la oficina gestora no puede exceder los 15.000 €.

Falta de justificación en plazo: Tras un plazo de 10 días desde el aviso sin respuesta, se inicia el procedimiento de reintegro por parte de Gerencia.

Pregunta

45. Según las normas de funcionamiento del presupuesto 2026 aprobadas con carácter anual en la Universitat Politècnica de València, el total de las órdenes de pago pendiente de justificar por oficina gestora tendrá un límite:

a) No superior a 15.000 €. 

b) No superior a 5.000 €. 

c) No superior a 500 €, en cualquier caso.

d) No hay límite económico, siempre que lo autorice la Gerencia.

Análisis

Leemos bien la pregunta y redondeamos que nos preguntan por los fondos a justificar en la UPV. Ya estoy pensando que para viajes es el 80% del coste del viaje y se pide en GEA mediante la comisión de servicios, en otros gastos lo que diga la factura proforma o presupuesto y si no hay factura proforma ni presupuesto 500 € y que el tope general de la oficina gestora (de todas las claves específicas de una misma oficina gestora) son 15.000 €

Vamos con las opciones:

La opción a) es correcta. Las normas establecen que una Oficina Gestora no puede tener un volumen total de órdenes de pago "a justificar" (sumando todas sus claves específicas y solicitudes pendientes) que exceda los 15.000 €.

La opción b) es incorrecta. Esta cifra no figura como límite general de la oficina gestora. Podría confundirse con la caja fija pero no aplica al límite acumulado de fondos a justificar en la UPV.

La opción c) es incorrecta. Los 500 € son el límite para una solicitud individual de fondos para "otros gastos" cuando no existe una factura proforma o documento equivalente que avale una cantidad superior.

La opción d) es incorrecta, aunque la Gerencia tiene facultades de interpretación y excepcionalidad, las normas anuales de la UPV son taxativas al establecer límites cuantitativos para garantizar el control financiero y evitar el uso abusivo de este sistema excepcional de pago.

Marcamos la A en la hoja de respuestas.

RECUERDA

Concepto

Límite Económico

Observaciones

Por Oficina Gestora

15.000 €

Límite máximo de órdenes pendientes de justificar (saldo vivo acumulado).

Otros Gastos (Sin proforma)

500 €

Importe máximo para una solicitud individual si no hay factura proforma.

Otros Gastos (Con proforma)

Importe de la proforma o presupuesto

El límite lo marca el presupuesto previo del proveedor.

Viajes y Dietas

80% del coste del viaje e inscripción

Porcentaje máximo del gasto estimado para comisiones de servicio.

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