Día 187.- Sobre presupuestos

Día 187.- 01/05/2026

1.- Tip

Para memorizar la vinculación de los créditos presupuestarios céntrate en el binomio Capítulo Económico + Programa Presupuestario. Esta combinación es el estándar para casi todo: Personal (I), Funcionamiento (II), Gastos Financieros (III) e Inversiones (VI), actividades I+D+i y artículo 60 de la LOSU. En el examen, si te preguntan por el límite de estos capítulos, busca siempre la opción que mencione ambos niveles (capítulo y programa). Piensa en un ADOK, sale el capítulo y el programa. Recordad que en la UPV solo hay dos programas (422D enseñanza universitaria y 541A Investigación. Mi regla nemotécnica es 422 Docente y 541 Actividad Investigadora) En un ADOK, por ejemplo un departamento compra folios desde su presupuesto integrado. Vemos la orgánica del departamento que gasto 239000000, después el programa 422D (es un departamento y lo compra de su presupuesto integrado para gastos de funcionamiento) y después la clasificación económica que empezará por 2XXXX porque es un gasto de funcionamiento del capítulo 2

Otra cosa, hay que recordar que la potestad para exigir un mayor nivel de desagregación en la vinculación es exclusiva del Rector. Es muy común que en los test intenten atribuir esta función al Consejo Social o al Gerente, porque nos suenan más con las funciones económicas.

2.- Bitácora

Seguimos con el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana.

3.- Píldora del día

Hoy la píldora del día va sobre los presupuestos de la UPV y concretamente sobre el nivel de vinculación de los créditos, regulado en la norma 2.2.

Vinculación y Carácter Limitativo (Norma 2.2)

1. Principios Básicos

Finalidad Exclusiva: Los créditos se destinan únicamente a la finalidad específica para la que fueron consignados.

Límite Cuantitativo: No se pueden adquirir compromisos de gasto por cuantía superior a los créditos autorizados y si es necesario se tendrá que hacer una modificación presupuestaria.

2. Niveles de Vinculación (capítulo-artículo-concepto-subconcepto)

La regla general en la UPV es Capítulo + Programa presupuestario

Fíjate solo en lo que se añade en las excepciones:

Ámbito de Gasto

Nivel de Vinculación

Personal (1), Funcionamiento (2) y Financieros (3)  Inversiones Reales (6 incluye I+D y formación no reglada) y Pasivos Financieros (9)

TODOS LOS CAPÍTULOS EXCEPTO 4,7 Y 8

Capítulo económico + Programa presupuestario.

Transferencias (4 y 7)

Línea de subvención + Capítulo + Programa.

Activos Financieros (8)

Proyecto financiero + Capítulo + Programa.

3. Otros

El Rector puede establecer niveles de vinculación con mayor desagregación si lo estima necesario.

La vinculación no excusa la contabilización detallada a nivel de subconcepto económico, proyecto y cuenta del PGC.

Pregunta

43. Según las Normas de Ejecución Presupuestaria de la Universitat Politècnica de València para 2026, el crédito presupuestario para gastos de personal, funcionamiento e inversiones reales se determina y vincula:

a) A nivel de capítulo económico para permitir la máxima flexibilidad entre programas.

b) A nivel de capítulo económico y programa presupuestario.

c) A nivel de artículo económico y programa presupuestario, salvo en inversiones que hay que incluir el proyecto.

d) El Consejo Social en aquellos supuestos que estime necesarios, podrá establecer vinculaciones con un mayor nivel de desagregación.

Análisis

La opción a) es incorrecta. En la UPV el programa es vinculante, no puede haber modificaciones de crédito entre el 422 y el 541

La opción b) es correcta. Es la regla general para todos los capítulos excepto el 4,7 y 8 la vinculación es capítulo y programa.

La opción c) es incorrecta. El artículo no es el nivel de vinculación general en la UPV y además el proyecto financiero solo hay que incluir en el capítulo 8 de pasivos financieros.

La opción d) es incorrecta. La competencia para desagregar más la vinculación es del Rector.

Marcamos la B como respuesta correcta en la hoja de respuestas.

Imagina que un PTGAS/PDI necesita un anticipo de nómina que debe devolver. Esto es un activo financiero (capítulo 8): dinero que la UPV ha prestado y debe recuperar, si no ponemos el proyecto cuando nos lo devuelvan no podremos seguir la trazabilidad de la contabilidad. Hay un ingreso de una devolución de un crédito pero ¿de qué proyecto? Del anticipo de la nómina de la persona XXX.

Recuerda

En la LGP (Estado) los créditos se especificarán a nivel de concepto, salvo los créditos destinados a gastos de personal y los gastos corrientes en bienes y servicios, que se especificarán a nivel de artículo y las inversiones reales a nivel de capítulo.

Recordad que el nivel de desagregación es: capítulo- artículo- concepto y subconcepto. Si el nivel de vinculación es subconcepto la vinculación es muy rígida y si es el capítulo es muy flexible quiere decir que dentro del capítulo puedes gastar en lo que necesites, por ejemplo, si la vinculación en gastos de funcionamiento es a nivel de capítulo, como pasa en la UPV, puedo gastar el total del capítulo en lo que necesite pero si la vinculación es a nivel de artículo, como en el Estado puedo gastar en menos cosas.

Ejemplo concreto:

Capítulo 2: "Gastos de funcionamiento"

Artículo 2: "Material, suministros y otros"

Si la vinculación fuera a nivel artículo, si a mitad de año no nos queda dinero para pagar la factura de la luz (221) porque ha subido el precio, puede usar el dinero que me sobra en folios y bolígrafos (220) para pagar la luz y no es necesario tramitar una modificación de crédito porque ambos "cuelgan" del Artículo 22. pero no podría utilizar el dinero de 22 para una reparación porque es otro artículo. 

En cambio si la vinculación fuera a nivel capítulo puedo gastar el dinero del capítulo tanto en folios como en reparaciones aunque ambos pertenezcan a diferentes artículos porque el único límite que tengo es que sean gastos de funcionamiento. No podría comprar con el sobrante una impresora porque es de otra capítulo (capítulo 6), si fuera necesario tendría que tramitar una modificación de crédito.

El caso especial del Capítulo 6, artículo 8(I+D) 3 (inversión en investigación)

En la UPV, el Capítulo 6 vincula a nivel de capítulo y programa presupuestario (541A). Esto significa que:

  • Si tienes crédito en la 683.10 (Personal de investigación).
  • Y crédito en la 683.54 (Viajes de investigación).

Como ambos pertenecen al capítulo 6 (683) podrías usar dinero de los viajes para pagar sueldos si te falta presupuesto en personal (o viceversa), porque el saldo del capítulo 6 en la clave específica es lo que limita el gasto. Por eso todas las partidas económicas de claves específicas de proyectos de investigación empiezan por 683. Ejemplos 68310 gastos de personal, 68311 gastos de seguridad social, 68354 gastos en viajes…

Sin embargo, ¡Cuidado!

Aunque el nivel de vinculación contable en la UPV para la gestión de proyectos de investigación es el capítulo y el programa presupuestario, hay que tener mucho cuidado:

Si el Ministerio te da una subvención de 10.000 € para viajes y 50.000 € para personal, aunque la contabilidad te deje mover el dinero porque es el mismo capítulo, en la justificación de la subvención tendrás que devolver el dinero si te has gastado en personal lo que era para viajes sin haber obtenido permiso previo de la entidad financiadora.

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