1.- Tip
Me gusta aplicar los principios del minimalismo: ya sabes, menos es más. Cuando leas una pregunta tipo test te aconsejo que las leas buscando el fallo. La mayoría de errores están escondidos en detalles mínimos como una palabra que no existe, una letra que cambia el sentido, un “siempre” o “nunca” que no aparece en la ley, o un órgano que no interviene. Entrena para detectarlo. No se trata de estudiar más, sino de ver lo que sobra o lo que falta.
Incluso cuando creas que ya tienes la opción correcta, sigue leyendo el resto de opciones porque puede haber dos opciones aparentemente válidas o algo que no has visto en la respuesta que crees correcta.
2.- Bitácora
Hoy seguimos con el Tema 8 y las fuentes del derecho.
3.- Píldora del día
Hoy la píldora del día va sobre la Ley 40/2015, de 1
de octubre y concretamente sobre la sede electrónica regulada en el artículo 38.
¿Quién crea la sede electrónica?
Cada Administración Pública determina las condiciones e instrumentos de creación de sus sedes electrónicas.
Sujeta a 9 principios concretos:
· Transparencia
· Publicidad
·
Responsabilidad
·
Calidad
·
Seguridad
·
Disponibilidad
·
Accesibilidad
·
Neutralidad
·
Interoperabilidad
Obligatorio garantizar siempre:
· Identificación del órgano titular de la sede.
·
Medios para
sugerencias y quejas.
17. Según el artículo 38.3 de la Ley 40/2015, las
publicaciones que figuren en las sedes electrónicas respetarán:
a) El principio de intraoperabilidad.
b) El principio de autenticación de sitio web, esté o
no reconocido.
c) El principio de veracidad, sin que la no
actualización de la información conlleve responsabilidad alguna del titular.
d) La identificación del órgano titular de la sede.
Análisis
Leemos la pregunta y vemos que nos preguntan por las
publicaciones que aparecen en la sede electrónica y vemos las opciones:
La opción a) es incorrecta,
porque el principio es interoperabilidad, no “intraoperabilidad”. Debemos
leer despacio porque es fácil leer interoperabilidad y como es la primera
opción ya no seguimos leyendo, si hubiéramos hecho hubiéramos fallado una
pregunta muy fácil.
La opción b) es incorrecta,
porque la sede debe usar certificados reconocidos o cualificados, no “esté
o no reconocido”. La autenticación debe ser segura y verificada.
La opción c) es incorrecta,
porque el titular es responsable de la veracidad y
actualización de la información que aparece en la sede.
La opción d) es correcta,
porque el artículo 38.3 exige que se garantice la
identificación del órgano titular de la sede así como los
medios para sugerencias y quejas.
Marcamos la D como respuesta correcta.
RECUERDA (Ley 39/2015)
La sede electrónica del registro de cada
Administración es la que fija los días inhábiles, según su ámbito
territorial y el calendario del artículo 30.7.
Ese será el único calendario válido para el cómputo de
plazos en registros electrónicos.
Lo dispuesto en el artículo 30.6 no se aplica a estos efectos.
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