Día 128.- Radiografía del examen de turno libre

Día 128.- 03/03/2026

1.- Tip

El proceso es un concurso-oposición que se hará en un mismo día, en una única "sentada", muy seguramente,  sin descanso para evitar hacer de nuevo el llamamiento. Para el turno libre habrá dos ejercicios obligatorios y eliminatorios:

Parte 1: 75 preguntas sobre los bloques 1 al 5 y funciones del Anexo I más 10 preguntas de reserva.

Parte 2 (Ofimática): 30 preguntas sobre el bloque 6 y competencias del puesto más 5 preguntas de reserva.

Dispondrás de, al menos, 60 segundos por pregunta. Un ritmo cómodo si tienes los conceptos claros y un sistema.

Con los aspirantes que hayan aprobado al menos la primera parte del ejercicio se formará en la bolsa de empleo temporal.

2.- Bitácora

Seguimos con la Ley 19/2013, de 19 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

3.- Píldora del día

Hoy la píldora del día es sobre la Ley de Protección de Datos y concretamente sobre el derecho de rectificación regulado en el artículo 14 LOPD y 16 del Reglamento UE:

¿Qué es la RECTIFICACIÓN? El derecho a obtener, sin dilación indebida, la corrección de datos inexactos o que se completen los que estén incompletos, incluso, si es necesario, mediante una declaración adicional.

¿Cómo se pide? En la solicitud el afectado indicará obligatoriamente dos cosas, a qué datos se refieres y qué corrección debe hacerse. Además, si es necesario, adjuntará la documentación que justifique que tus datos no son correctos o son inexactos.

El "Bloqueo" (Art. 32): Cuando se pide rectificar o suprimir, el responsable está obligado a bloquear esos datos.

¿Qué significa bloquear? Identificar y reservar los datos, con medidas técnicas, para impedir que se sigan tratando o visualizando.

La excepción: Solo se podrán ver para su puesta a disposición de Jueces, Tribunales, Ministerio Fiscal o Administraciones Públicas y especialmente de la Agencia Española de Protección de datos (AEPD) para exigir posibles responsabilidades derivadas del tratamiento y solo por el plazo de prescripción de las mismas.

Pregunta

9. Tal y como indica el art. 14 de la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantías de derechos digitales, al ejercer el derecho de rectificación, el afectado deberá indicar en su solicitud:

a) Únicamente a qué datos se refiere. 

b) A qué datos se refiere y la corrección que haya de realizarse. 

c) Únicamente la corrección que haya de realizarse. 

d) A qué datos se refiere, la corrección que haya de realizarse y el lugar en el que haya de publicarse la corrección.

Análisis

Lee despacio la pregunta y redondea rectificación para poner el foco en este derecho y anclar tu memoria. Para de leer y haz el proceso. ¿Lo tienes?

Vamos a analizar las opciones. La A es incorrecta hay que decir a qué datos te refieres y hay que proponer la corrección o completar los datos e incluso justificar con documentos probatorios si fuera necesario.

La opción B es correcta hay que decir los datos y la corrección que debe realizarse.

La C es incorrecta porque hay que decir a qué datos se refiere.

La opción D es incorrecta porque no es necesario especificar el lugar donde se tiene que publicar la corrección, ya que no es una exigencia de la ley.

Marcamos la B en la hoja de respuestas.

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