1.- Tip
Si eres de las que se dispersan
fácilmente, hay un cambio que puede ayudarte. En vez de
decirte "voy a estudiar 2 horas", di "voy a estudiar 120
minutos". Sé que es el mismo tiempo pero las horas son difusas, te dan la sensación de
que tienes tiempo de sobra y de que puedes permitirte dispersarte. Los minutos dan la sesación de que se agotan, y eso te mantiene enfocada desde el primer momento.
Además, con minutos es mucho más fácil planificar. Puedes decir "este tema me lleva 40 minutos, el siguiente 35 y
los últimos 20 los dedico a repasar". Intuitivamente media hora no es lo mismo que 30 minutos, tenemos la sensación de que los minutos pasan volando y por eso los aprovechamos mejor. Pruébalo esta semana, si cambias tus bloques de estudio a minutos comprobarás que planificas mejor y te dispersas menos.
2.-
Bitácora
Hoy seguimos repasando el TREBEP y la
Unión Europea, en especial, los Reglamentos y las Directivas.
3.- Píldora del día
Hoy la píldora del día va sobre la Ley
General Presupuestaria y concretamente sobre las modificaciones de crédito.
Los créditos presupuestarios están sujetos
al principio de especialidad en sus tres dimensiones: cualitativa, cuantitativa
y temporal. Actúan como techo máximo de gasto autorizado (especialidad
cuantitativa) y tienen una finalidad específica definida (especialidad
cualitativa). La especialidad temporal, por su parte, limita la vigencia de
esta autorización al ejercicio económico correspondiente, que es lo que
comúnmente se conoce como principio de anualidad.
Pero la ley prevé mecanismos para
reaccionar ante situaciones no previstas: las modificaciones presupuestarias.
El artículo 51 de la LGP indica que la
cuantía y finalidad de los créditos contenidos en los presupuestos de gastos
solo podrán ser modificadas durante el ejercicio, dentro de los límites y con
arreglo al procedimiento establecido en los artículos siguientes, mediante:
a) Transferencias. b) Generaciones. c)
Ampliaciones. d) Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. e)
Incorporaciones.
Transferencia: Traspaso
de dotaciones entre créditos, es decir, mueves el dinero de un sitio a otro, pero
tiene algunas restricciones (artículo 52).
Generaciones: Incrementan
los créditos como consecuencia de la realización de determinados ingresos no
previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial
(artículo 53).
Ampliaciones: Excepcionalmente,
tendrán la condición de ampliables los créditos destinados al pago de pensiones
de Clases Pasivas del Estado y los destinados a atender obligaciones
específicas del respectivo ejercicio, derivadas de normas con rango de ley, que
de modo taxativo y debidamente explicitados se relacionen en el estado de
gastos de los Presupuestos Generales del Estado y, en su virtud, podrá ser
incrementada su cuantía hasta el importe que alcancen las respectivas
obligaciones. También lo referente a deuda del Estado y Seguridad Social:
pensiones, incapacidades temporales, maternidad, subsidios...
Incorporación: Permite
trasladar al ejercicio siguiente los remanentes no gastados del año
anterior. Procede cuando lo indica una ley, cuando el crédito viene de ciertas
generaciones, o cuando está vinculado a créditos extraordinarios o suplementos
concedidos a final de ejercicio que no han podido tramitarse a tiempo.(Pista:
siempre van a hablar de 2 ejercicios)
Pregunta 65
Por acuerdo de 22 de noviembre de 2025,
del Consejo de Ministros, por el cual se formalizan los criterios de
distribución en las comunidades autónomas, aprobados por la Conferencia
Sectorial de Educación, se asigna a la Comunitat Valenciana un fondo para
acciones de formación y perfeccionamiento del profesorado. Al no figurar estos
ingresos en la previsión inicial del presupuesto para este ejercicio, la
Conselleria con competencias en materia de Educación pretende modificar el
crédito en el capítulo 2 del programa 421.60, Formación del profesorado, por
importe de 999.781,68 euros. ¿Qué modificación tiene que realizar para dar
cobertura a dicho gasto?
A) Incorporación de crédito.
B) Ampliación de crédito.
C) Transferencia de crédito.
D) Generación de crédito.
Análisis
Cuando la pregunta es tan larga, conviene
leerla dos veces, la primera, de manera rápida, para identificar la pregunta y otra lectura diferente para buscar los
detalles clave. En esta segunda lectura vamos buscando palabras clave como ejercicio anterior, nuevo ingreso, no previsto,
traspaso…
A) Incorporación de crédito. INCORRECTA. La
incorporación trae remanentes del ejercicio anterior. Aquí no hay remanentes de
años anteriores, hay un ingreso nuevo. La pista es que no te hablan de dos
ejercicios presupuestarios.
B) Ampliación de crédito. INCORRECTA. La
ampliación aumenta crédito cuando se producen mayores ingresos en conceptos
tasados por ley. Son créditos ampliables los
que la ley determina, y suelen ser gastos esenciales como pensiones,
maternidad, subsidios, incapacidad temporal, Seguridad Social...
C) Transferencia de crédito. INCORRECTA. La
transferencia mueve crédito de un sitio a otro dentro del presupuesto, pero el
total no varía. Aquí hay un ingreso nuevo, no un traspaso.
D) Generación de crédito CORRECTA La
generación crea crédito nuevo vinculado a ingresos concretos que no estaban
previstos en el presupuesto inicial. Es exactamente lo que ocurre, llega un
fondo que no figuraba en la previsión inicial, y ese ingreso habilita la
creación del crédito correspondiente en el capítulo 2. La clave del enunciado
está en la frase "al no figurar estos ingresos en la previsión
inicial".
Marco la D como respuesta correcta en
la hoja de respuestas.
Si te ha gustado este post, quizás
también te guste este otro:
https://caminoinspirador.blogspot.com/2026/02/104-seneca-decia-no-es-que-tengamos.html
Buenos días 😘
ResponderEliminarPues no me había parado yo nunca a pensar lo de los minutos y horas ...
Yo cuando estudio nunca he mirado cuanto tiempo tengo, pues mi forma de medir el tiempo es...pues tengo hasta la hora de comer o tengo hasta la hora de cenar, o tengo un rato 😵💫😵💫😵💫