1.- Tip
¿Recuerdas cuando hablamos de los hábitos atómicos y el
poder de lo sencillo? Pues hoy toca hablar de algo que todos hemos experimentado sin darnos cuenta, la regla del 1% de mejora
diaria.
Solo necesitas mejorar un 1% tu rendimiento de ayer. ¿Ayer
entendiste 3 artículos? Hoy intenta entender 4. ¿La semana pasada hacías 2 test?
Esta semana intenta hacer 3. Parece insignificante, pero al cabo de un mes, de
tres meses, de un año... esa pequeña mejora constante se convierte en la
diferencia.
2.- Bitácora
Seguimos con la Ley General de subvenciones, Ley 38/2003,
de 17 de noviembre.
3.- Píldora del día
Hoy la píldora del día es sobre el RDL 8/2015, de
30 de octubre por el que se aprueba la Ley General de la Seguridad Social y
concretamente sobre la incapacidad temporal (IT) regulado en el artículo 169.
¿Qué es la IT?
Es la situación en la que un trabajador no puede trabajar
temporalmente porque está enfermo o accidentado y está recibiendo asistencia médica de la Seguridad Social.
Situaciones que dan lugar a IT:
2.-Enfermedad profesional
3.-Accidente no laboral
4.-Accidente laboral (también in itinere)ST3
Duración de la IT
Situaciones Especiales de IT
1.- Menstruación incapacitante secundaria:
Cada proceso se considera nuevo, no cuenta para el límite de 545 días.
CONTINGENCIAS COMUNES
2.- Interrupción del embarazo: voluntario
o no. CONTINGENCIAS COMUNBES
3.- Gestación de la mujer trabajadora
desde el día primero de la semana trigésima novena: se considera. CONTINGENCIAS
COMUNES
4.- Donante de órganos/tejidos: incluye la
preparación médica y la recuperación. CONTIGENCIAS COMUNES
5.- Los períodos de observación
por enfermedad profesional en los que se prescriba la baja en el trabajo
durante los mismos, con una duración máxima de ciento ochenta días,
prorrogables por otros ciento ochenta días cuando se estime necesario para el
estudio y diagnóstico de la enfermedad
A efecto del cómputo de los 545 días se tendrán en
cuenta las recaidas.5
Concepto de Recaída
Te dan el alta médica y vuelves a coger la
baja por la misma enfermedad (o similar) dentro de los 180 días
naturales siguientes.
Importante: Los días
de la recaída SÍ suman para el límite de 545 días totales.
Excepción: Las bajas por menstruación
incapacitante NO se consideran recaída, cada una es un proceso nuevo.
PREGUNTA
Según establece el artículo 169 del texto refundido de la Ley General de
la Seguridad Social, la gestación de la mujer trabajadora se considera una
situación especial de incapacidad temporal:
a)
Por contingencias profesionales desde el día
primero de la semana trigésimo novena.
b)
Por contingencias comunes desde el día primero
de la semana trigésimo novena.
c)
Por contingencias profesionales desde el día
primero de la semana trigésimo octava.
d)
Por contingencias comunes desde el día primero
de la semana trigésimo octava.
Lee la pregunta y respondela con un previo análisis. ¿ya
la tienes? ¿Cuál es la correcta?
Análisis
Redondeo gestación, situación especial de IT y recuerdo
que solo hay 5 situaciones especiales de IT y de ellas solo una es por
contigencias profesionales que es la observación por enfermedad profesional,
luego ya sé que estoy buscando ontigencias comunes.
Leo las opciones y veo que la a ya empieza por
contingencias profesionales, tacho profesionales y sigo con la opción b.
La opción b es correcta es por contigencias comunes y
desde el pirmer día de la semana 39.
La opción c es incorrecta porque está la palabra
profesionales, la tacho y sigo con la siguiente opción.
La opción d, indica que es contigencia común pero dice que
es desde la semana 38 y sabemos que es la 39, tacho 38 y marco la B en la hoja de respuestas.
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Buenos días 😘
ResponderEliminarEstoy totalmente de acuerdo en que con que se intente mejorar un poquito cada día, en todos los ámbitos, la cosa en general cada día irá mejor 😁