Día 62.- Descansar es parte del aprendizaje

Día 62.-27/12/2025

1.- Tip

Descansar es una parte del aprendizaje. Cuando paras, tu cerebro no se desconecta sino que reorganiza, integra y cohesiona todo lo que has estado estudiando. Ese momento en el que te levantas de la mesa, das un paseo, te preparas un café o conversas de cualquier otra cosa es justo cuando muchas piezas encajan sin esfuerzo. No estás perdiendo tiempo, estás permitiendo que tu mente haga su trabajo.

Forzarte cuando estás saturado te aleja del objetivo. La mente cansada rinde menos, se bloquea antes y convierte cualquier tarea en una montaña. En cambio, un descanso bien elegido te devuelve claridad, energía y capacidad de concentración. Es como afilar el lápiz antes de seguir escribiendo o afilar el hacha antes de la poda. Parar también es estudiar, y reconocer cuándo necesitas esa pausa es una habilidad que te hará avanzar.

2.- Bitácora

Estamos en periodo de descanso pero no está de más hacer algún test si te apetece.

3.- Píldora del día

Hoy la Píldora del día va sobre la Ley 39/2015 y la tramitación simplificada (artículo 96)

La tramitación simplificada es un “atajo” del procedimiento administrativo: solo se utiliza cuando el asunto es sencillo (falta de complejidad) o existe un interés público que justifica acortar pasos. Recordad solo hay dos razones por las que se puede tramitar simplificadamente:

1.- Falta de complejidad.

2.- Interés público.

Su característica es que funciona con una lista cerrada de trámites (art. 96.6). Si el procedimiento encaja ahí, puede resolverse en un máximo de treinta días y con una secuencia muy concreta:

  • Inicio, de oficio o a solicitud de interesado,
  • Subsanación, en su caso,
  • Alegaciones al inicio del procedimiento y por un plazo de 5 días,
  • Audiencia, solo si la resolución es desfavorable,
  • Informes preceptivos (podrán ser: servicio jurídico, Consejo General de Poder Judicial, Consejo de Estado u órgano equivalente de la CCAA, en caso de que sean necesarios)
  • Resolución.

Pero este "atajo" tiene reglas: si aparece cualquier trámite no previsto en esa lista, el procedimiento deja de ser simplificado y vuelve automáticamente a la tramitación ordinaria. Asimismo, si alguno de los interesados manifestara su oposición expresa a la tramitación simplificada, la Administración deberá seguir la tramitación ordinaria

PREGUNTA

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, salvo que reste menos para su tramitación ordinaria ¿En qué tiempo deberán ser resueltos los procedimientos administrativos tramitados de forma simplificada?

a) Diez días, a contar desde la notificación al interesado del acuerdo de tramitación simplificada del procedimiento.

b) Treinta días, a contar desde la notificación al interesado del acuerdo de tramitación simplificada del procedimiento.

c) Diez días, a contar desde el día siguiente al que se notifique al interesado del acuerdo de tramitación simplificada del procedimiento.

d) Treinta días, a contar desde el día siguiente al que se notifique al interesado del acuerdo de tramitación simplificada del procedimiento.

Leemos la pregunta y sabemos que salvo que reste menos para finalizar el procedimiento el plazo máximo para resolver es de 30 días, con lo cual tachamos la a y la c porque dice que son diez días.

Ahora vemos cuál es la diferencia entre la b y la d, y nos fijamos que es el computo del plazo ¿Es desde el día en que se notifica o desde el día siguiente?

La regla general es que los plazos se computan desde que tienen entrada en el registro del órgano competente para su tramitación o desde el día siguiente a la notificación al interesado.

En este caso la correcta es la d, a contar desde el día siguiente a la notificación y la marco en la hoja de respuestas.

Artículo 96: Salvo que reste menos para su tramitación ordinaria, los procedimientos administrativos tramitados de manera simplificada deberán ser resueltos en 30 días, a contar desde el siguiente al que se notifique al interesado el acuerdo de tramitación simplificada del procedimiento.

Tan importante es el plazo como recordar desde cuándo se cuenta.

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Comentarios

  1. Buenos días 😘
    Yo ésta semana he estado estudiando menos los días de fiesta en que he ordenado bastante mi casa, la tenía muy desordenada, como mi mente y estoy haciendo limpieza integral de casa, cuerpo y mente 😁.
    Gracias por darme éstas puntualizaciones de la tramitación simplificada, hay cosas que desconocía 🥰🌹💙

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