Día 2- 28/10/2025
1.-Idea para
compartir
Estudiar para un
examen tipo test no es lo mismo que preparar uno de desarrollo. Aquí no se
trata solo de saber mucho, que también, sino de aprender a jugar con las
preguntas, y desarrollar la habilidad de detectar la opción correcta y sobre
todo a descartar las incorrectas.
A veces, la clave no está
en saber la respuesta, sino en reconocer cuáles no pueden ser. Esa habilidad se
entrena con práctica y estrategia.
Por eso, más allá de
memorizar, vamos a centrarnos en entrenar nuestra mirada crítica,
en aprender a leer entre líneas, a detectar errores y a confiar en nuestro
instinto cuando hemos trabajado el temario.
A mí me ha pasado, que
después de descartar las que no eran posibles y detectar la correcta, he
elegido otra porque he pensado que eso no podía ser y, al final, sí que era.
Hay que confiar en nuestro instinto.
Haremos muchos test, no
solo para medirnos, sino para depurar nuestra estrategia.
¡Avanzamos!
2.- Bitácora
Hoy seguimos estudiando
el acceso de personal laboral de la LOSU- Tema 20
3.- Píldora del día
Profesor Emérito: Cada
normativa va añadiendo cosas nuevas y va complementando a la anterior.
1.-LOSU- artículo 81- Cada
universidad lo regula de forma diferente. Da autonomía a las
universidades para regular esta figura y solo dice que:
Las Universidades, de
acuerdo con sus ESTATUTOS, podrán contratar
"Personal docente
e investigador funcionario o laboral jubilado que
haya prestado servicios destacados en el ámbito docente, de investigación o de
transferencia e intercambio del conocimiento e innovación en la
misma universidad."
Solo dice que será
funcionario o laboral jubilado que ha prestado servicios destacados en la misma
universidad. No nos indica nada más y además nos añade que los requisitos de
desempeño y acceso a esta modalidad, así como las funciones que podrá
desempeñar serán definidos por cada universidad.
2.-Estatutos de la UPV-
Artículo 137.
Añaden el tiempo de
prestación de servicios, la dedicación y otros requisitos:
TIEMPO DE SERVICIOS: al
menos, 25 años, de los cuales, al menos
15, serán en la UPV
PERIODOS: Tiene
que acreditar un total de 10 períodos de los que se deriven efectos económicos
entre los de la actividad docente reconocida (quinquenios) y los de la
actividad investigadora o de transferencia (Sexenios).
Recordad que el máximo de
sexenios de investigación que se pueden obtener son 6 y obtenerlos significa,
entre otras cosas, obtener un complemento en nómina por sexenio, poder
participar en comisiones de selección de profesorado y en algunos programas de
doctorado se exige también para dirigir tesis o para ser coordinador de
programas de doctorado.
NOMBRAMIENTO:
a tiempo parcial, por un plazo inicial de tres años, que se
prorrogará como máximo hasta un total de 6 años. Una vez superado
el plazo inicial de tres podrá prorrogarse anualmente hasta un máximo 6 por
acuerdo del Consejo de Gobierno.
NORMATIVA INTERNA UPV- Añade
DEDICACIÓN: Los
efectos del contrato de profesor emérito de la UPV y, en su caso, de sus
prórrogas, se iniciarán desde la firma del mismo como profesor emérito, con una
dedicación a tiempo parcial de 3 horas.
RECORDAD: el
profesor emérito es el único PDI cuya condición no se adquiere por concurso.
En resumen: Contrato
temporal, a tiempo parcial y con dedicación de 3 horas semanales.
1.-Máximo de 6 años. Se
hace inicialmente por 3 y después se podrá prorrogar anualmente hasta 6, si lo
acuerda el Consejo de Gobierno.
2.- Contrato a tiempo
parcial de 3 horas semanales.

Gracias por las aclaraciones respecto al Profesor Emérito 😘
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